CONVOCATORIA CONSEJOS DE ZONA_Feb_2018

 

 

Con apego a lo dispuesto en los artículos 189, 190 fracción III, 192, 193, 194, 196, 198, 227 fracciones VII y XV, 229, 230, 231 y demás relativos y aplicables del Reglamento de Participación Ciudadana para la Gobernanza del Municipio de Zapopan, Jalisco (en adelante el Reglamento), y en cumplimiento de los acuerdos tomados en la Sesión Ordinaria del Consejo Municipal de Participación Ciudadana, (en adelante el Consejo Municipal), del día 08 del mes de febrero del año 2018 dos mil dieciocho, se emite la siguiente:

CONVOCATORIA

El Consejo Municipal de Participación Ciudadana, CONVOCA a los representantes de los consejos sociales, los consejos consultivos y los organismos de la sociedad civil, para que presenten sus postulaciones para la designación de los integrantes titulares y suplentes de los CONSEJOS DE ZONA, correspondientes a cada una de las diez zonas de participación ciudadana que conforman el Municipio de acuerdo con la delimitación territorial aprobada por el Cabildo, en la Sesión Ordinaria de fecha 31 de enero del año 2017, con excepción de las establecidas en el capítulo de ANTECEDENTES.

ANTECEDENTES

1. La participación ciudadana del Municipio de Zapopan, se realizará a través de un sistema de organismos sociales compuesta por niveles de representación, que garantizarán el ejercicio de los derechos ciudadanos de los vecinos en el ámbito municipal de gobierno, bajo los principios y elementos básicos establecidos en el Reglamento.

2. Los Consejos de Zona son otra de las formas de organización ciudadana conformadas por representantes de los Consejos Sociales, los Consejos Consultivos y los Organismos de la Sociedad Civil que se integrarán en las delimitaciones territoriales que aprobó el Cabildo a propuesta del Consejo Municipal.

3. En virtud de haberse promovido un procedimiento jurisdiccional, llevado ante la Segunda Sala Unitaria del Tribunal de los Administrativo del Estado de Jalisco con el número de Expediente 1449/2017, cuya resolución final no ha sido dictada, queda excluida de la presente Convocatoria el Consejo Social integrado por tres Colonias en una sola delimitación territorial denominada Lomas del Refugio – Miguel Hidalgo y Nueva España.

BASES

PRIMERA. DE LOS CONSEJOS DE ZONA

Cada Consejo de Zona se integrará por 7 siete Consejeros titulares y 7 siete Consejeros suplentes. Los cargos de consejero de zona son renunciables y de carácter honorífico por lo que no se recibirá remuneración económica o en especie por su ejercicio, no existirá relación laboral alguna de sus miembros con el Municipio. Desempeñarán su cargo desde la toma de protesta respectiva y hasta haber cumplido tres años en dicha función. Por cada integrante propietario se designará un suplente, quienes entrarán en funciones por la simple ausencia de su titular y tomarán protesta en el momento que asuman sus funciones.

SEGUNDA. DE LOS REQUISITOS.

1. Para postularse y formar parte de los Consejos de Zona se debe cumplir con lo dispuesto en el artículo 193 y demás aplicables del Reglamento, y que señala los requisitos para ser integrante de los organismos sociales, siendo estos los siguientes: I. Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos; II. Ser vecino del Municipio los últimos seis años; III. Saber leer y escribir; IV. Comprometerse con el tiempo necesario para el cumplimiento de las funciones del organismo social; V. No ser servidor público de la administración pública del municipio de Zapopan, Jalisco; VI. No haber sido servidor público en los últimos dos años previos a la fecha de la Convocatoria para la designación de los integrantes del organismo social; VII. No haber sido candidato a cargo alguno de elección popular en los últimos tres años previos a la fecha de la Convocatoria para la designación del organismo social.

2. Los interesados en postularse para la integración de los Consejos de Zona, deberán acudir personalmente a las oficinas de la Dirección de Participación Ciudadana, ubicada en la calle Aldama, No. 40, entre las calles Ramón Corona y 16 de septiembre, Zapopan Centro, en un horario de 09:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes, con la siguiente documentación:

I. Presentar escrito libre con extensión máxima de una cuartilla, mediante el cual el interesado solicite su registro y manifieste los motivos por los cuales desea ser Consejero de Zona en la delimitación territorial específica a la que pertenezca su domicilio; II. Presentar carta compromiso no mayor a una cuartilla; (Formato disponible en la Dirección de Participación Ciudadana); III. Presentar carta bajo protesta de decir verdad mediante el cual el interesado acredite ser vecino del municipio en los últimos seis años. (Formato disponible en la Dirección de Participación Ciudadana); IV. Presentar original y copia simple por ambos lados de la credencial de votar, o en su defecto, el acuse de recibo original y copia simple de la solicitud de actualización o reposición de la misma, en este último supuesto, presentar el original y copia simple de comprobante de domicilio que registre su vecindad en éste Municipio, con una antigüedad no mayor a 03 meses. (Los originales sólo son para cotejo de las copias simples); V. Presentar dos fotografías recientes tamaño infantil, (Para la expedición de su Constancia de aspirante por parte de la Dirección de Participación Ciudadana). VI. Presentar original (para cotejo) y copia simple de la constancia que acredite su personalidad como miembro de un Consejo Social, Consejo Consultivo o en su caso como miembro de un Organismo de la Sociedad Civil.

TERCERA. DE LOS PLAZOS Y DIFUSIÓN.

1. La presente convocatoria entrará en vigor al momento de su publicación y tendrá una vigencia de 35 treinta y cinco días naturales, y cuyo proceso se desarrollará conforme a los siguientes plazos:

1.1 El plazo para presentar las postulaciones con sus respectivos documentos será por 10 (diez) días hábiles a partir de la publicación de la presente Convocatoria. 1.2 Una vez concluido el plazo anterior y en un periodo de 04 (cuatro) días hábiles, la Dirección de Participación Ciudadana calificará las solicitudes recibidas y emitirá las constancias de aspirantes respectivas, para posteriormente remitir el total de las solicitudes al Consejo Municipal. 1.3 El Consejo Municipal en un plazo de 04 (cuatro) días hábiles a partir del vencimiento del plazo señalado en el numeral anterior, deberá convocar a los ciudadanos aspirantes a las Asambleas para la conformación de cada uno los Consejos de Zona en alguna de las Colonias o delimitaciones territoriales de que se trate. 1.4 El plazo para la verificación de las Asambleas constitutivas y el proceso de insaculación de los Consejeros Zonales, será dentro de los 05 (cinco) días hábiles a partir del vencimiento del plazo señalado en el numeral anterior. 1.5 Los resultados de las Asambleas constitutivas y la insaculación de Consejeros Titulares y Suplentes de los Consejos de Zona serán publicados en la Gaceta Municipal.

2. La presente Convocatoria se publicará en:  La Gaceta Municipal;  Dos periódicos de circulación en el Municipio;  Los estrados del edificio que ocupa el Ayuntamiento Municipal;  Las oficinas de las Direcciones de Delegaciones y Agencias Municipales y de Participación Ciudadana;  El portal de internet del Gobierno Municipal; y  En diversas redes sociales.

 

CUARTO. DEL PROCEDIMIENTO

I. Los interesados en pertenecer a un Consejo de Zona, deberán acudir personalmente con la documentación requerida ante la Dirección de Participación Ciudadana, para solicitar su registro en los términos de la presente Convocatoria. II. La Dirección de Participación Ciudadana proporcionará a los interesados en conformar los Consejos de Zona, los formatos impresos necesarios para completar la documentación requerida para su registro. III. La recepción del registro de aspirantes y de documentos iniciará a partir de la fecha de publicación de la presente Convocatoria, en los horarios de 09:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes. IV. Una vez que se cumpla el periodo establecido en la base “TERCERA”, numeral 1.1 de la presente Convocatoria, la Dirección de Participación Ciudadana entregará al interesado una “constancia de aspirante”, previa revisión de los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos previstos en la base “SEGUNDA” de esta Convocatoria. Las solicitudes de registro que no reúnan los requisitos o la documentación completa, así como aquellas presentadas fuera de los plazos previamente establecidos en la presente Convocatoria, serán desechadas por parte de la Dirección de Participación Ciudadana. V. Una vez concluido el plazo de calificación y expedición de constancias de aspirante, el Director de Participación Ciudadana, remitirá el total de postulaciones recibidas con su respectiva documentación al Consejo Municipal, para que en sesión ordinaria determine el calendario de realización de Asambleas constitutivas y se convoque a los ciudadanos postulantes por escrito,
para la verificación de las mismas, para efectos de desahogar el procedimiento de insaculación de los Consejeros de Zona de la delimitación territorial de que se trate. VI. Los postulantes deberán presentarse con la constancia de aspirante expedida por la Dirección de Participación Ciudadana, en las respectivas Asambleas de conformación de los Consejos de Zona, en el día, hora y lugar que para tal efecto se les convoque. VII. La elección por insaculación de los 14 catorce integrantes de cada uno de los Consejos de Zona, se realizará durante la Asamblea de conformación, depositando los nombres de los aspirantes dentro de capsulas plásticas que serán dispuestas en el interior de una urna o tómbola, de donde se extraerán uno a uno, designando a los 07 siete primeros como Consejeros titulares y a los 07 siete siguientes como Consejeros suplentes. VIII. Al final de cada Asamblea de conformación de Consejos de Zona, se elaborará, por parte del Secretario Técnico designado para la Asamblea, el acta respectiva que consigne lugar, fecha y hora de su realización, así como los nombres de los ciudadanos que fueron insaculados como Consejeros titulares y como Consejeros suplentes, a quienes se les entregará una copia simple del acta respectiva. IX. Los casos no previstos en la convocatoria serán resueltos por el Consejo Municipal de Participación Ciudadana o la Dirección de Participación Ciudadana según sus atribuciones. X. Los resultados de la presente convocatoria serán publicados en los estrados del Palacio Municipal y las Direcciones de Agencias y Delegaciones municipales y de Participación Ciudadana.

ATENTAMENTE Zapopan, Jalisco, a 14 de febrero de 2018

Salvador Mancera Sansoube Consejero

Presidente Consejo Municipal de Participación Ciudadana