IMCO 2017 Indice 85

85. ¿Contiene topes en montos para asignación directa, invitación y licitación pública?

El Capitulo Segundo “COMPRAS y ADQUISICIONES” del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal del año 2017, señala los mecanismos y el área responsable de los procedimientos, el cual puede consultarse directamente en: http://www.zapopan.gob.mx/wp-content/uploads/2011/07/Gaceta-Vol.-XXIV-No.-7-1.pdf
O a través de la siguiente ruta de acceso: http://www.zapopan.gob.mx-Inicio- Transparencia- Rendición de cuentas – Presupuestos- Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2017 publicado en Gaceta Municipal Vol. XXIV No.7 Segunda Época de fecha 10 de febrero de 2017 para el Municipio de Zapopan, Jalisco (Parte 1)

Por su parte, el Reglamento de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios para la Administración Pública del Municipio de Zapopan, Jalisco, regula las los topes de los procedimientos en el artículos 8 fracción II, 10, 32 y 33.

Administración e Innovación Gubernamental
Reglamento que Norma los Viajes que realicen los Servidores Públicos del Municipio de Zapopan, Jalisco última actualización en Gaceta Municipal Vol. XXIII No. 80 (9 de diciembre de 2016).
Reglamento para la Administración de uso de Vehículos Oficiales del Municipio de Zapopan, Jalisco última actualización en Gaceta Municipal Vol. XXIII No. 80 (9 de diciembre de 2016).
Reglamento de Mejora Regulatoria del Municipio de Zapopan, Jalisco Última Actualización Gaceta Municipal Vol.XXIV No. 35  (16 de junio de 2017).
Adquisiciones
Reglamento de Adquisiciones de Bienes y Contratación de Servicios para la Administración Pública del Municipio de Zapopan, Jalisco
Última actualización en Gaceta Municipal Vol. XXIII No. 80 (9 de diciembre de 2016).

El Reglamento en comento puede ser consultado de manera directa en http://www.zapopan.gob.mx/wp-content/uploads/2011/06/Reglamento-de-Adquisiciones-de-Bienes-y-Contrataci%C3%B3n-de-Servicios-para-la-Administraci%C3%B3n-P%C3%BAblica-del-Municipio-de-Zapopan-Jalisco-1.pdf

O a través de la siguiente ruta de acceso: http://www.zapopan.gob.mxInicio- Transparencia- artículo 8- fracción II- inciso d) Los reglamentos federales, estatales y municipales- Reglamentos- Reglamentos de Aplicación Municipal- Administración e Innovación Gubernamental- “Reglamento de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios para la Administración Pública del Municipio de Zapopan, Jalisco”.

 

Asimismo en el Reglamento de Asignación y Contratación de Obra Pública para el Municipio de Zapopan, Jalisco, señala:

“Artículo 12. Los procedimientos de asignación y contratación de la obra pública municipal se clasifican, atendiendo al costo e importancia de la obra, en:

I. Licitación pública;

II. Licitación por invitación restringida; y

III. Adjudicación directa.

Las autoridades competentes para la aplicación de este Reglamento determinarán la categoría a la que pertenece cada obra en específico, de acuerdo a las normas contenidas en las Secciones b, c y d del Capítulo III del Título Segundo de este Reglamento”.

Asimismo el Capítulo III, señala:

“DE LOS PROCEDIMIENTOS DE ASIGNACIÓN Y CONTRATACIÓN DE OBRA PÚBLICA”

SECCIÓN B

ASIGNACIÓN POR LICITACIÓN PÚBLICA CON RECURSOS100 POR CIENTO MUNICIPALES

Artículo 14. Cuando se trate de obras a realizarse con recursos l00 por ciento municipales, la Dirección de Obras Públicas e Infraestructura elaborará las bases para las licitaciones, las que se pondrán a disposición de los interesados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria, que será publicada cuando menos en dos de los diarios de mayor circulación en el Estado. (…)

Artículo 17. Para adjudicar una obra, la Comisión analizará detalladamente que las proposiciones aceptadas incluyan la información, documentos y requisitos solicitados en las bases de la licitación: que el programa de ejecución sea factible de realizar, dentro del plazo solicitado, con los recursos considerados por el licitante y que las características, especificaciones y calidad de los materiales sean de las requeridas por el Municipio. Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, adjudicarán la obra al licitante que reúna las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por el Municipio, garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas y ofrezca el menor precio solvente. En caso de existir empate, se adjudicará la obra a quien ofrezca realizarla en menor tiempo.

 

SECCIÓN C

ASIGNACIONES POR LICITACIÓN POR INVITACIÓN RESTRINGIDA POR RECURSOS 100 POR CIENTO MUNICIPALES

Artículo 21. En los procedimientos para la contratación de la obra pública por invitación restringida, la Comisión de Asignación de Contratos deberá fundamentarse para su asignación y contratación, en primer lugar, en los criterios de economía, eficacia, imparcialidad y honradez que garanticen al Municipio las mejores condiciones de la obra, y en segundo, en los que tiendan a distribuir los contratos entre un mayor número de empresas registradas en el Padrón de Contratistas, para lo cual se harán las invitaciones respectivas.

Artículo 22. La contratación y asignación de la obra pública por invitación restringida no podrá exceder, cada una de ellas, de la cantidad equivalente a 1,500,000 Unidades de inversión (UDIS) a la fecha de la invitación.

SECCIÓN D

ASIGNACIÓN POR ADJUDICACIÓN DIRECTA

Artículo 27. Sólo se asignarán y contratarán por adjudicación directa las obras cuyo monto no exceda de la cantidad equivalente a 300,000 unidades de inversión (UDIS) cada una de ellas a la fecha de la asignación y por excepción las que, excediendo dicho monto, deban ejecutarse sin dilación por razones de emergencia, imprevistos o eventualidad, debidamente justificadas. En este último caso, el Presidente Municipal deberá presentar ante la Comisión de asignación de contratos para su estudio y validación, en su caso dentro de los quince días naturales siguientes a la asignación de la obra, la justificación plena de la misma, que contendrá una información completa de la situación que dio motivo a la asignación de la obra, la capacidad económica, técnica y administrativa del contratista al cual le fue asignada, que deberá ser de los inscritos en el Padrón de Contratistas del Municipio, así como el programa de la obra, su presupuesto y el calendario de la misma.

El Reglamento en comento puede ser consultado de manera directa en http://www.zapopan.gob.mx/wp-content/uploads/2011/06/Reglamento-de-Asignaci%C3%B3n-y-Contrataci%C3%B3n-Obra-P%C3%BAblica-para-el-Municipio-de-Zapopan-Jalisco.pdf

O a través de la siguiente ruta de acceso: Inicio- Transparencia- artículo 8- fracción II- inciso d) Los reglamentos federales, estatales y municipales- Reglamentos- Reglamentos de Aplicación Municipal- Coordinación General de Gestión Integral de la Ciudad- “Reglamento de Asignación y Contratación de Obra Pública para el Municipio de Zapopan, Jalisco”.

 

Fundamentación: Reglamento de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios para la Administración Pública del Municipio de Zapopan, Jalisco, Reglamento de Asignación y Contratación de Obra Pública para el Municipio de Zapopan, Jalisco y artículo 8 numeral 1 fracción II inciso d) de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.

Fuente: Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2017 publicado en Gaceta Municipal Vol. XXIV No.7 Segunda Época de fecha 10 de febrero de 2017, Tesorería Municipal y sitio oficial de internet del Gobierno Municipal de Zapopan, Jalisco.