Convocatoria para organizaciones de la sociedad civil de corte asistencial, que tengan programas comunitarios en el municipio de Zapopan, Jalisco con el fin de incluirse a la sección de Servicio Comunitario del Catálogo de Alternativas de Trabajo a favor de la Comunidad del Juzgado Cívico Municipal de Zapopan
Convocan:
A) El Gobierno de Zapopan a través de su Dirección de Justicia Cívica Municipal y su Comisaría General de Seguridad Pública.
Dirigida a: organizaciones de la sociedad civil de corte asistencial, legalmente constituidas y que cuentan con programas de asistencia social operando en el municipio de Zapopan, Jalisco
Cobertura: Área Metropolitana de Guadalajara
Fecha de emisión: 17 de marzo de 2023
Fecha límite para recibir propuestas: 31 de marzo de 2023 hasta las 23:59 horas (hora local)
Sección I. Introducción
El MUNICIPIO solicita propuestas a organizaciones de la sociedad civil que operen dentro del municipio de Zapopan, Jalisco, para que se integren al Catálogo de Alternativas de Trabajo a favor de la Comunidad, dentro de la sección de Servicio Comunitario del Juzgado Cívico Municipal de Zapopan.
El MUNICIPIO, en colaboración con el programa de Prevención y Reducción de Violencia de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID)*, realizará dos sesiones informativas virtuales, a llevarse a cabo los días 24 y 29 de marzo de 2023, en un horario de 11:00 a 12:30 horas. Estas sesiones permitirán a las personas solicitantes e interesadas hacer preguntas sobre la Convocatoria y recibir información sobre cómo contestar la solicitud. Para confirmar asistencia a la sesión se deberá mandar un correo con la confirmación de participación a: arturo.altamirano@zapopan.gob.mx
Los medios de consulta que se incluyen en esta Convocatoria:
● Anexo A – Justicia Cívica – USAID PREVI – JC_compendio
● Anexo B – Catálogo de Medidas para Mejorar la Convivencia del Juzgado Cívico de Morelia (ejemplo)
● Anexo C - Plan Municipal de Desarrollo y Gobernanza del Municipio de Zapopan 2021 – 2024.
Sección II. Descripción
IA. Antecedentes
a) Justicia Cívica como estrategia de prevención de violencia
Una gran cantidad de crímenes en México son el resultado de la insuficiente aplicación de la ley, deficiencias en la aplicación del Estado de Derecho y de la falta de mecanismos de mediación de y/o solución de conflictos que ocurren en el día a día. La población mexicana se ha visto obligada a aceptar la violencia como parte de la vida. Según la Encuesta Nacional Mexicana de Seguridad Pública Urbana (ENSU), más del 40% de las personas adultas reportaron haber tenido algún conflicto en los últimos tres meses y el 50% de estos incidentes se convirtieron en un conflicto mayor; como lo son el intercambio de insultos y los daños físicos.
Debido a lo anterior, es importante contemplar una solución más allá de cómo la fuerza pública confronta al crimen y cómo funciona la estructura institucional relacionada con esto. Resulta primordial operar un mecanismo que brinde una solución institucional, pronta y expedita a conflictos comunitarios básicos que ocurren en una sociedad. Esta fue la motivación detrás del armado del modelo de justicia cívica.
El modelo de justicia cívica, implementado por el Gobierno de Zapopan, apoyado por la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), es una estrategia prometedora y efectiva que responde a los desafíos de la construcción de la paz y el desarrollo; que proporciona soluciones a corto plazo para resolver rápidamente conflictos comunitarios y prevenir la escalada de violencia. El éxito del modelo se debe a su efectividad en la promoción de recursos de mediación para las personas residentes, el aprovechamiento de mecanismos alternativos de resolución de disputas y el trabajo de prevención ligado a las causas profundas de conflictos menores y faltas administrativas; tales como peleas, disputas entre vecinas y vecinos, intoxicación pública, conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas o sustancias sicotrópicas, etc.
En 2023, la administración pública municipal publicó su Reglamento de Policía, Justicia Cívica y Buen Gobierno de Zapopan, Jalisco, definiéndose como un ordenamiento de interés público, de observancia general y tiene por objeto salvaguardar la paz social, el orden y la seguridad pública, y garantizar la integridad de las personas en el territorio municipal respecto a sus bienes y derechos. En estos se destacó la creación de la figura legal de las y los jueces cívicos municipales, que tienen entre sus principales atribuciones, intervenir en la mediación de conflictos, así como imponer sanciones por quebrantos a los reglamentos municipales, que van desde la amonestación, arresto, multa, hasta trabajo en favor de la comunidad.
La existencia del Juzgado Municipal se traduce en un filtro de detección de personas en situación de conflicto con la ley y/o el orden; lo cual posibilita la implementación de modelos de prevención y reducción de violencia orientada a una población identificada y focalizada como lo son las personas infractoras. Esta novedad originó la creación de un Catálogo de Alternativas de Trabajo en favor de la Comunidad con base en el cual las y los jueces cívicos pueden sancionar a las personas que violan la reglamentación municipal. Dentro del Catálogo se contempla que la gran mayoría de las conductas que quebrantan los reglamentos municipales se sancionen con Trabajo en Favor de la Comunidad; ya sea con A) Medidas para Mejorar la Convivencia Cotidiana (modelos de tratamiento), que tienen el fin de modificar comportamientos y/o cambiar conductas; y que son selectivas en sus criterios de inclusión o con B) Sanciones como Servicio Comunitario (programas), que buscan crear educación cívica en el municipio y resarcir el daño que la persona infractora hizo a la comunidad.
Asimismo, este modelo está formulado sobre el enfoque de Sistemas Locales de USAID, que basa la sostenibilidad de sus estrategias en la colaboración de múltiples actores locales y nacionales que confían plenamente en dicho sistema, tales como las y los líderes sociales, las OSC, el sector privado y las instituciones educativas, mismos que juegan un papel clave en la implementación y consolidación del sistema local en nuestra comunidad logrando así que la estrategia más que ser del gobierno en turno sea de la ciudad misma.
IB. Objetivo General de la Convocatoria
Seleccionar organizaciones de la sociedad civil de corte asistencial, legalmente constituidas y que cuentan con programas de asistencia social operando en el municipio de Zapopan, Jalisco para que reciban a personas infractoras de los reglamentos gubernativos, a fin de que cumplan su sanción de trabajo a favor de la comunidad, decretadas en el Juzgado Cívico Municipal, cuando estas sean de Servicio Comunitario
Objetivos específicos:
- Identificar programas de asistencia social implementados por organizaciones de la sociedad civil del municipio de Zapopan que necesiten personas que contribuyan a la realización de sus actividades.
- Optimizar el funcionamiento del Juzgado Cívico Municipal de Zapopan al sancionar a personas infractoras no violentas, canalizándolas a organizaciones de la sociedad civil.
- Establecer mecanismos de coordinación institucional entre organizaciones de la sociedad civil, que reciban personas infractoras de los reglamentos gubernativos, y el Centro de Prevención Social la Unidad de Seguimiento y Atención (USEA) del Centro de Prevención Social del MUNICIPIO.
- Coadyuvar a la mejor implementación de acciones asistenciales que contribuyan a lograr un desarrollo sostenible e incluyente en Zapopan.
IC. Requisitos para la presentación de propuestas
Las organizaciones que deseen participar deberán presentar los siguientes documentos:
Anexo 1. Datos de la organización.
Anexo 2. Explicación detallada del objeto de la organización (Entregar además el CV de la organización en una cuartilla).
Anexo 3. Propuesta de actividad que abone al cumplimiento de su objeto social a través de personas vinculadas al programa de Servicio Comunitario.
Anexo 4. Ficha Técnica del programa de asistencia social.
ID. Consideraciones
La propuesta de trabajo debe estar diseñada para una duración de un año (12 meses) de trabajo.
La dinámica contempla que personas infractoras no violentas den cumplimiento a las sanciones impuestas en el Juzgado Cívico[1], mediante su incorporación como recursos humanos adicionales para desempeñar labores dentro de la organización, sin que esto implique relación laboral u obligación alguna.
Las propuestas seleccionadas firmarán un convenio de Derivación de Personas Sancionadas con el MUNICIPIO, en el que manifestarán su conformidad para dar cumplimiento a la sanción de servicio comunitario que les fue impuesta mediante esta figura.
Las organizaciones de la sociedad civil que resulten seleccionadas no actuarán ni se desempeñarán como empleadores de las personas infractoras sancionadas; tampoco se creará relación laboral alguna que desencadene obligaciones.
Las organizaciones de la sociedad civil que resulten seleccionadas deberán garantizar que las actividades realizadas por las personas sancionadas por el Juzgado Cívico Municipal de Zapopan sean en el marco de respeto a los Derechos Humanos, garantizando su seguridad e integridad. A a su vez se establecerá una estrecha vinculación con la USEA del Centro de Prevención Social del MUNICIPIO, para que dichas asociaciones lleven a cabo los reportes y bitácoras de cumplimiento de la sanción por parte de las personas que se encuentren en este proceso.
(1) El proceso dentro del Juzgado Cívico Municipal contempla la aplicación de una Herramienta de Tamizaje. Esta pone en evidencia la propensión a la violencia y el perfil de riesgo que tienen las personas presuntamente infractoras. Con base en esto, se puede conocer el grado de peligro que representan las personas infractoras para que los jueces tomen una decisión de sanción informada por evidencia. El Juzgado Cívico sanciona con Servicio Comunitario a las personas que demuestren tener una baja propensión a la violencia.
De igual manera, deberán capacitarse por el MUNICIPIO, para dar cumplimiento al proceso de monitoreo de la población infractora.
Sección III. Elegibilidad
IIA. Selección de OSC
Se seleccionarán máximo 10 organizaciones con base en los criterios de evaluación para que reciban personas vinculadas a proceso durante 12 meses. Luego de cumplido el término se lanzará otra convocatoria que permita transferir a personas vinculadas a proceso a otras OSC, permitiendo participar a las que fueron seleccionadas en la presente.
IIB. OSC candidatas a recibir personas vinculadas a proceso tienen que ser organizaciones de la sociedad civil, mexicanas, legalmente constituidas y con actividades en el municipio de Zapopan, Jalisco.
Las OSC que presenten propuestas deberán enfocarse en las siguientes líneas de intervención:
-
Alimentación (bancos de alimentos)
-
Atención a personas con discapacidad
-
Atención a personas de la tercera edad
-
Atención a niños, niñas y adolescentes en situación de vulnerabilidad
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Atención a personas con enfermedades
-
Arte y cultura
-
Cuidado y atención a los animales
-
Reforestación y/o cambio climático
-
Renovación urbana
IIC. Periodo y forma de entrega
Se recibirán propuestas a partir del 17 de marzo al 31 de marzo de 2023.
Se recibirán propuestas de forma digital en el siguiente correo: arturo.altamirano@zapopan.gob.mx
Estas deberán tener como asunto del correo: Propuesta _ Sanción _ NOMBRE DE LA OSC.
De igual manera, se recibirán propuestas de manera física, impresa y en sobre cerrado, titulado: Propuesta _ Sanción _ NOMBRE DE LA OSC.
En el siguiente domicilio:
Oficina de la Dirección de Evaluación y Seguimiento
Dirección: Centro Integral de Servicios Zapopan, segundo piso. Prolongación Laureles no. 300. Colonia Tepeyac, Zapopan
Horario de recepción: 9:00 a 15:00 hrs.
Teléfono: 38182200 extensión 2696.
Sección IV. Evaluación de las propuestas
III.A Del Comité de Evaluación
El Comité de Evaluación se integra por 7 personas con voz y voto, además de una secretaría técnica, que levantará la minuta de la sesión de evaluación.
Las dependencias que se enlistan en la siguiente tabla conformarán el Comité de Evaluación y lo harán con un representante por cada fila:
III.B De la decisión del Comité de Evaluación
La decisión del Comité Evaluador es inapelable y será dada a conocer el día 20 de abril de 2023.
El listado de las 10 OSC será dado a conocer por las redes oficiales del Ayuntamiento de Zapopan, así como en las de la Policía de Zapopan, COPARMEX Jalisco y Jalisco Cómo Vamos.
Por su parte las OSC seleccionadas serán contactadas de manera directa por la Unidad de Seguimiento y Atención del MUNICIPIO.
III.C Criterios de evaluación
Los criterios que se utilizarán para la evaluación de cada una de las propuestas se exponen en la siguiente tabla:
Anexo C - Plan Municipal de Desarrollo y Gobernanza del Municipio de Zapopan 2021-2023