Convocatoria pública para la renovación del Consejo Municipal de Participación Ciudadana

CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA RENOVACIÓN DEL

CONSEJO MUNICIPAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL MUNICIPIO DE ZAPOPAN, JALISCO.

Juan José Frangie Saade, en su carácter de Presidente Municipal y con fundamento en los artículos 100, 107, 108, 109, 110, 125, 126 y Quinto Transitorio, fracción I, del “Reglamento de Participación Ciudadana y Popular para la Gobernanza del Municipio de Zapopan, Jalisco”, convoca a la ciudadanía del municipio de Zapopan, a participar en el proceso de elección de las y los integrantes del Consejo Municipal de Participación Ciudadana.                          

 

BASES

PRIMERA. DE LOS CARGOS A CONCURSAR. 

1.    Los cargos a concursar son los de siete consejerías titulares del Consejo Municipal de Participación Ciudadana y sus respectivas consejerías suplentes.
2.    La duración en el cargo es de tres años a partir de la toma de protesta y hasta la siguiente renovación.
3.    La participación en el proceso garantiza a las y los aspirantes la consideración de su candidatura en igualdad de condiciones con el resto de participantes, bajo los procesos establecidos en la presente Convocatoria, basada en los criterios del Consejo Municipal de Participación Ciudadana de Zapopan, de la Comisión Colegiada y Permanente de Participación Ciudadana y de la Dirección de Participación Ciudadana. 

 

SEGUNDA. DE LOS REQUISITOS. 

1.    Contar con ciudadanía mexicana y gozar del pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos;
2.    Ser vecina o vecino del municipio de Zapopan, Jalisco, con una antigüedad mínima de seis años;
3.    Saber leer y escribir;
4.    Manifestar bajo protesta de decir verdad, ser persona de conocida solvencia moral y tener un modo honesto de vivir;
5.    Comprometerse con el tiempo necesario para el cumplimiento de las funciones del Consejo Municipal;
6.    No ser persona empleada de la administración pública del Municipio de Zapopan, Jalisco;
7.    No haber sido persona servidora pública en los últimos dos años previos a la fecha de la convocatoria para la designación de los integrantes del organismo social; 
8.    No haber encabezado candidatura a cargo alguno de elección popular en los últimos tres años previos a la fecha de la convocatoria para la designación del organismo social; y
9.    No tener afiliación o representación de algún instituto, partido o asociación política y/o religiosa.

 

TERCERA. DE LA ACREDITACIÓN DE LOS REQUISITOS. 

Para acreditar los requisitos que señalan las bases de la presente convocatoria, los aspirantes deberán presentar: 
1.    Copia simple del acta de nacimiento del participante;
2.    Copia simple de identificación oficial vigente (INE, pasaporte o licencia de conducir);
3.    Comprobante de domicilio en versión original, con fecha no mayor a tres meses y/o carta de residencia expedida por el Municipio con la misma antigüedad;
4.    Carta firmada bajo protesta de decir verdad, en la que la persona candidata afirma tener solvencia moral y un modo honesto de vivir, para acreditar el requisito 4, y que no se encuentra en ninguno de los supuestos previstos en los numerales  6, 7, 8 y 9 de la base segunda de la presente convocatoria;
5.    Carta de intención firmada, bajo protesta de decir verdad, en la que afirma comprometerse el tiempo necesario para el cumplimiento de las funciones del organismo social, para acreditar el requisito 5 de la presente convocatoria;
6.    Carta firmada en la que el participante está de acuerdo de entregar sus documentos personales a la Dirección de Participación Ciudadana para los efectos de la presente convocatoria; y
7.    Proyecto de plan de trabajo para el desempeño del cargo, presentado en forma libre.

Las personas aspirantes deberán proporcionar además de lo anterior, número telefónico de contacto, domicilio y correo electrónico para recibir notificaciones.
Los documentos entregados quedarán en poder de la Dirección de Participación Ciudadana, por lo que no se regresarán en ningún caso, ni aun después de concluido el proceso de elección. 

 

CUARTA. DEL REGISTRO DE ASPIRANTES. 

Las personas aspirantes deberán entregar su solicitud y documentos señalados como requeridos para participar en el proceso, los cuales deberán ser dirigidos al Presidente Municipal y presentados en la oficina de la Dirección de Participación Ciudadana del Municipio de Zapopan, Jalisco, ubicada en el primer piso del edificio denominado Centro Integral de Servicios Zapopan (CISZ), con domicilio en la Avenida Prolongación Laureles número 300, esquina Boulevard Panamericano, Colonia El Tepeyac de Zapopan, Jalisco, de lunes a viernes entre los días 15 de mayo al 5 de junio de la presente anualidad, en un horario de las 9:00 a las 15:00 horas.

Se recibirán por el personal de la Dirección de Participación Ciudadana únicamente las solicitudes que cumplan los requisitos completos y hasta las revisiones conducentes, se verificará el cumplimiento total de estos de conformidad con lo establecido en la presente convocatoria. 

 

QUINTA. DEL PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN. 

Una vez acreditados los requisitos de las personas participantes, a propuesta del Consejo Municipal de Participación Ciudadana de Zapopan, en conjunto con la Dirección de Participación Ciudadana y la Comisión Colegiada y Permanente de Participación Ciudadana, se realizará una evaluación y entrevistas a las personas aspirantes en la que se abordarán cuatro ejes temáticos:

1.    Evaluación de competencias personales;
2.    Concepción general de aspectos básicos como gobernanza, participación ciudadana y nociones básicas del Reglamento de Participación Ciudadana y Popular para la Gobernanza del Municipio de Zapopan, Jalisco;
3.    Experiencia de trabajo en alguna forma de participación ciudadana; y
4.    Proyecto de plan de trabajo.

Una vez desahogadas las entrevistas, el Consejo Municipal de Participación Ciudadana elaborará un dictamen único de las evaluaciones, en el que se expondrá el desempeño de cada uno de los participantes y definirá un listado de las candidaturas seleccionadas para ocupar las 7 consejerías titulares y las 7 suplentes para la renovación del Consejo Municipal de Participación Ciudadana. En esta convocatoria se busca promover una cultura de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, por lo tanto, el proceso busca garantizar la incorporación de la perspectiva de género, dado que este Consejo es garante de la participación ciudadana de las y los habitantes de Zapopan por igual. Por lo tanto, de las 7 consejerías titulares, 3 deberán ser cubiertas por un sexo y 4 por el otro; en ese sentido, cada  consejería suplente deberá  ser de un sexo diferente al del titular. 

 

SEXTA. DEL RESULTADO. 

 

A más tardar el día 13 de junio del 2023, el Consejo de Participación Ciudadana saliente, en conjunto con la Dirección de Participación Ciudadana, deberán enviar a la Secretaría del Ayuntamiento los resultados finales del proceso, dependencia que deberá ponerlos a consideración del Pleno en la siguiente sesión para los efectos conducentes. 

Electos los consejeros, el Presidente Municipal propondrá en la misma sesión del Pleno del Ayuntamiento, a la persona que deberá fungir como Consejero Presidente, la cual deberá ser electa por mayoría simple.
Las consejerías son renunciables y de carácter honorifico por lo que no se recibirá remuneración económica o en especie por su ejercicio. En consecuencia, no existirá relación laboral alguna de sus miembros con el Municipio. 

 

SÉPTIMA. DE LOS CASOS EN QUE SE DECLARARÁ DESIERTA LA CONVOCATORIA. 

 

La convocatoria se declarará desierta si no existen cuando menos 14 aspirantes que cumplan con los requisitos de elegibilidad al día que fenece el término de ingresar documentos. 
En el supuesto caso, se emitirá una segunda convocatoria, en los 5 días hábiles posteriores.  Quienes hayan participado en la primera, podrán inscribirse en la nueva convocatoria; se les tendrá por acreditados los requisitos de elegibilidad que hayan comprobado en la convocatoria anterior.

En caso de que la siguiente también fuese desierta, se repetirá el mismo proceso señalado en esta convocatoria hasta completar los catorce integrantes necesarios para conformar el Consejo. 

 

OCTAVA. DE LOS ASUNTOS NO PREVISTOS.

Los asuntos no previstos en esta convocatoria, relativos a cuestiones procedimentales y logísticas, serán resueltos por la Dirección de Participación Ciudadana mediante acuerdo interno y deberán notificarse a la Secretaría del Ayuntamiento y al Consejo Municipal de Participación Ciudadana saliente.

 

NOVENA. DE LA DIFUSIÓN Y VIGENCIA.

La presente convocatoria entrará en vigor al momento de su publicación, el día 15 de mayo y hasta el 5 de junio del presente año y deberá  ser difundida en: 

1.    La Gaceta Municipal; 
2.    Dos periódicos de circulación local por un día;
3.    Los estrados del Centro Integral de Servicios de Zapopan (CISZ);
4.    Oficinas de Agencias y  Delegaciones (los días que dure la convocatoria);
5.    Estrados de la Dirección de Participación Ciudadana (los días que dure la convocatoria); y
6.    El portal oficial de Internet del Gobierno de Zapopan (www.zapopan.gob.mx)

ATENTAMENTE
“ZAPOPAN, TIERRA DE AMISTAD, TRABAJO Y RESPETO”
“2023, AÑO DEL BICENTENARIO DEL NACIMIENTO DEL ESTADO 
LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO”

15 DE MAYO DEL 2023
 

JUAN JOSÉ FRANGIE SAADE
Presidente Municipal 
 

Bardomiano Galindo López
Consejero Presidente del Consejo Municipal de Participación Ciudadana
 

Vladimir Gerardo Rico Tostado
Secretario Técnico del Consejo Municipal de Participación Ciudadana