Sección de preguntas frecuentes - Dirección de Ingresos Tesorería

 

A.    ¿Hasta cuándo estará vigente el descuento por pronto pago?    
El descuento por pronto pago cuenta con una vigencia del 01 de enero al 29 de febrero del año 2024.

 

B.    ¿Cuál es el porcentaje de descuento por pronto pago en el Impuesto Predial?    
10% de descuento realizando el pago anual anticipado en una sola exhibición, en caso de pagar con tarjeta de crédito a meses sin intereses será del 7% de descuento.

 

C.    Una persona con edad mayor a 60 años que tengan la calidad de pensión, jubilación, viudez o discapacidad ¿Es necesario acudir a renovar el descuento especial?    
En los casos en que se hubiese pagado el impuesto predial en el ejercicio fiscal 2023 con este beneficio, para efectos del ejercicio fiscal 2024, no será necesaria la renovación.

En el caso en que no estuviese pagado el impuesto predial en el ejercicio fiscal 2023 o anteriores, el titular de la cuenta, deberá acudir a cualquier recaudadora para dar de alta el beneficio como trámite nuevo. 

 

D.    ¿Cómo se calcula el impuesto predial?    
Con fundamento en el Art. 115 fracción IV ante penúltimo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se establece el cálculo del valor de una propiedad cuya obligación para los Municipios  consiste en realizar estudios para equiparar a los valores comerciales del mercado las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones; y sirven de base para el cobro del Impuesto Predial; este procedimiento debe realizarse año con año y para el ejercicio fiscal 2024 el Municipio de Zapopan, Jalisco ha realizado la  actualización correspondiente de conformidad con lo siguiente:

Los datos que se consideran para el cálculo de cada cuenta predial son:
    Superficie de terreno; 
    Tipo de predio; 
    Valor por metro cuadrado, de acuerdo a las Tablas de Valores Unitarios de Terreno, del lugar donde se encuentre el inmueble; 
    Superficie de construcción; 
    Valor por metro cuadrado de acuerdo con las Tablas de Valores Unitarios de Construcción; y  
    Clasificación del Inmueble.

Tratándose de la valuación de un terreno urbano se hace un estudio de mercado donde se analizan y documentan aspectos como infraestructura, servicios e imagen urbana, uso de suelo, etc.; así como se recaba información del mercado inmobiliario a través de sus publicaciones.

Para la valuación de una construcción se considera su edad, calidad (materiales, acabados y terminados), y estado de conservación, pudiendo ser estas desde modernas a antiguas, de lujo a económicas, y de buenas a malas en lo que respecta a su conservación; además de los valores unitarios establecidos en las tablas de valores aprobados por el Congreso del Estado.

Todo esto implica que la revaluación de valores catastrales repercuta en la determinación del pago del impuesto predial, que para efectos de incremento se estima que la gran mayoría de cuentas se eleve de un 3% a un 13%, estos importes permitirán que Zapopan pueda tener mayor autonomía fiscal y que el Municipio acceda a más presupuesto de la Federación que pueda ser utilizado en las zonas con mayor necesidad.

Para este Ejercicio Fiscal 2024 se da continuidad a la determinación del Impuesto Predial, a través de un modelo de tributación que se apega a los principios de proporcionalidad y equidad contenidas en nuestra Carta Magna; es decir, aplicar a la base del impuesto, una tarifa progresiva. 

Este esquema tiene por objeto gravar la capacidad contributiva de cada contribuyente; el impacto económico se va acrecentando en la medida en que el monto de la base impositiva (valor fiscal) es mayor, decreciendo, por el contrario, cuando dicho monto resulta menor. De esta forma paga más el que más tiene y de da un trato igual a los iguales y desigual a los desiguales. 

De acuerdo al artículo 45 de la Ley de Ingresos para el Municipio de Zapopan, Jalisco para el Ejercicio Fiscal 2024, el cálculo del Impuesto Predial bimestral se deberá de aplicar la siguiente fórmula:
( ( VF – LI ) x T ) + CF = Impuesto Predial bimestral
En donde:
VF =  Valor Fiscal
LI =  Límite Inferior correspondiente
 T = Tasa para aplicarse sobre el excedente del Límite Inferior correspondiente
CF = Cuota Fija correspondiente

Lo anterior se resume en que al Valor Fiscal se le disminuirá el Límite Inferior que corresponda y a la diferencia se le aplicará la tasa sobre el excedente del Límite Inferior correspondiente, al resultado se le sumará la Cuota Fija que corresponda y el importe de dicha operación será el Impuesto Predial a pagar en el bimestre, el cual se multiplica por 6 para obtener el monto del Impuesto Predial Anual.  

En razón de lo anterior, se presentan los rangos en los que podrán ubicar el valor de su propiedad para que conozcan la cuota y tasa para aplicarse al supuesto.

Se aplicará una sobre tasa del 100% a los predios no edificados (baldíos), sobre el valor obtenido con la aplicación de la tabla anterior, salvo a los predios no edificados que sean colindantes a un predio edificado y se utilice como accesorio del predio construido o que sean ornamentales y visibles desde el exterior; esto con el objetivo de promover el desarrollo urbano y proveer de una mejor calidad de vida a los habitantes del Municipio de Zapopan, propiciándoles además un desarrollo positivo en el ámbito social y económico, así como cuidar de los factores ecológicos y ambientales, en pro de la colectividad. 

 

E.    ¿A partir de cuándo comienza el cobro de recargos por concepto del Impuesto Predial?
Si el impuesto se paga de manera bimestral, se cuenta con 15 días naturales dentro del primer mes de cada bimestre para efectuar el pago sin accesorios, una vez transcurrido ese plazo, los recargos se generan de manera automática al día siguiente, es decir, al día 16.

En el caso de que se pague de manera anualizada se tiene hasta el 30 de abril para realizar el pago del impuesto anual anticipado para gozar del beneficio del no cobro de accesorios. 

 

F.    ¿Dónde viene el número de Cuenta Predial o cuenta CURT?    
En la parte superior derecha del recibo de pago, el número de cuenta predial se identifica por 10 dígitos comenzando por “1114”, “1133”, “2114” y “2133”.

Tratándose de la Clave Única del Registro del Territorio (CURT) dicha clave se identifica por 31 dígitos.

 

G.    ¿Por qué los pagos realizados por internet no se reflejan automáticamente?    
Actualmente, los pagos que se realizan a través de la página de internet, se reflejan automáticamente.

 

H.    ¿Puedo pagar si no traigo mi recibo anterior?    
Sí, es posible realizar el pago con el número de cuenta predial o con la clave CURT. Asimismo, dentro del sistema podemos realizar la búsqueda de la cuenta por nombre de la o el titular, o bien, por domicilio del predio. 

 

I.    ¿Por qué no llega el recibo predial a mi domicilio?    
A partir del año 2023, por políticas de la administración pública, se tomó la determinación de no enviar recibos a los domicilios; así pues, se pone a disposición de la ciudadanía las consultas en línea a través de la página de internet del Municipio https://pagos.zapopan.gob.mx/PagoEnLinea/#/busqueda-del-predio, a través  del asesor virtual Beto Bot, en https://www.zapopan.gob.mx/v3/predial  y en la APP Predial Zapopan disponible para equipos de celular iOS o Android. 

 

J.    ¿Por qué si pago en línea, no es el recibo igual al de la recaudadora?    
Los recibos oficiales expedidos en las Oficinas Recaudadoras cuentan con un formato especial con número de folio consecutivo, para el control de los mimos. Cuando se opta por realizar el pago en línea, se genera un recibo electrónico, que, aunque cuenta con características diferentes, este tiene la misma validez que el que expide la recaudadora.

 

K.    ¿Cuál es el horario para realizar mis pagos?    
En las Oficinas Recaudadoras de Unidad Basílica, de Las águilas y del CISZ (Centro Integral de Servicios Zapopan), los días 2, 3 y 4 de enero del año 2024 se apertura de 6:00 a 17:00 hrs., a partir del día 5 de enero y hasta el día 29 de febrero el horario es de 7:00 a 17:00 hrs, de lunes a viernes. 

En el resto de las Oficinas Recaudadoras, durante los meses de enero y febrero del año 2024, el horario es de 8:00 a 17:00 hrs.

Todas las recaudadoras, durante los meses de enero y febrero del año 2024, tienen servicio de cobro los días sábado de 9:00 a 13:00 hrs.

A partir del 01 de marzo, el horario de las Oficinas Recaudadoras es de 9:00 a 15:00 hrs.

Los pagos en línea a través de la página de internet del Municipio https://pagos.zapopan.gob.mx/PagoEnLinea/#/busqueda-del-predio; a través de  Beto Bot, asistente virtual, en  https://www.zapopan.gob.mx/v3/predial   y por medio de CoDi (Cobro Digital), el servicio se encuentra activo las 24 horas del día, los 7 días de la semana, los 365 días del año.

L.    ¿Por qué no se aplica el descuento de pronto pago, junto con el de eco tecnologías? 
De conformidad con el artículo 48 de la Ley de Ingresos del Municipio de Zapopan, Jalisco para el ejercicio fiscal del año 2024, cuando el contribuyente, compruebe o acredite tener derecho a más de un beneficio, solo se otorgará aquel que resulte mayor.

 

M.     ¿Por cuántos días se presenta la Recaudadora Móvil en cada colonia?
Regularmente es solo 1 día por cada punto, aunque hay excepciones. Consultar calendario de programación en https://www.zapopan.gob.mx/v3/recas-moviles

 

N.    ¿A quiénes se les informa la fecha en la que se va a presentar la Recaudadora Móvil en cada colonia?    
Se informa por medio del presidente o representante de colonia y en el sitio web del Municipio mediante la página y redes sociales; consultar calendario de programación en https://www.zapopan.gob.mx/v3/recas-moviles


O.    ¿A quiénes se le puede solicitar que la Recaudadora Móvil se presente más días a cobrar en mi colonia?    
Por ser una programación que se determina con 2 meses de anterioridad, no es posible cambiar la calendarización ya programada, sería a través de un escrito dirigido a la Dirección de Ingresos o a la Tesorería Municipal.

 

P.    ¿Quién organiza el calendario de la Recaudadora Móvil?    
La Dirección de Ingresos, tomando en cuenta a los representantes de las juntas de colonos o asociaciones vecinales.

 

Q.    ¿Todos los años se instala la Recaudadora Móvil en el mismo lugar?
Regularmente sí son los mismos puntos y colonias, aunque pueden presentarse cambios de acuerdo a las solicitudes de la ciudadanía, por lo que hay que estar atentos al calendario que se publica en el sitio https://www.zapopan.gob.mx/v3/recas-moviles

 

R.    ¿Puedo realizar mis pagos con tarjeta de débito o crédito?    
Sí, en las Oficinas Recaudadoras y en línea con todas las tarjetas autorizadas.

 

S.    ¿Dónde más puedo realizar mis pagos?    
En línea, a través del portal https://pagos.zapopan.gob.mx/PagoEnLinea/#/busqueda-del-predio, Aplicación Móvil disponible para iOS y Android, Código QR, Tiendas de Conveniencia, Tiendas de Autoservicio, Bancos, Oficinas Recaudadoras, Kioscos, Recaudadora Móvil, Autopagos,  por medio de CoDi (Cobro Digital),  a través de Beto Bot, asistente virtual en https://www.zapopan.gob.mx/v3/predial, así como en los nuevos módulos de Predial Express, los cuales se localizan en el CEVID (Centro de Vinculación Digital) del Edificio CISZ (Centro Integral de Servicios Zapopan),  de la Unidad Administrativa las Águilas, a un costado de la Oficina Recaudadora No. 2, así como en los módulos que se ubican en el interior de la Oficina Recaudadora No. 10 (Plaza Real Center), Recaudadora No. 11 (Plaza Concentro) y Recaudadora No. 12 (Plaza Ciudadela).

 

T.    ¿Si pago con cheque a qué nombre debe de ser el cheque?    
Debe ser Cheque Certificado o de Caja a nombre de: Municipio de Zapopan, Jalisco.

 

U.    Si tengo mucho adeudo ¿puedo celebrar un convenio de pago en parcialidades?    
Sí, para aplicar el convenio se requiere el 40% de anticipo y a un plazo no mayor a 6 meses y se cobra un interese de acuerdo al CPP (Costo Porcentual Promedio).

 

V.    ¿Cuáles son los requisitos para realizar un convenio?    
Persona física:
-    Comprobante de domicilio
-    INE
-    Anticipo del 40%
-    Si el monto a conveniar supera los $100,000.00 (Cien mil pesos 00/100 M.N.), deberá presentar fianza que garantice el crédito fiscal. 

Persona jurídica (moral): 
-    Acta constitutiva 
-    Poder del Representante Legal
-    INE del Representante Legal 
-    Comprobante de domicilio
-    Anticipo del 40%
-    Si el monto a conveniar supera los $100,000.00 (Cien mil pesos 00/100 M.N.), deberá presentar fianza que garantice el crédito fiscal. 

 

W.    ¿Qué promoción tienen para pagos de meses sin intereses? 
    BBVA (3 y 6 MSI), 
    Banamex (3, 6, 9 y 12 MSI), 
    Santander (3 y 6 MSI).
    American Express (3 y 6 MSI)

 

X.    ¿Es necesario que venga la o el interesado para aplicar el descuento de personas adultas mayores?    
Cuando es primera vez sí.

 

Y.    ¿Qué descuento tienes si solo pagas un bimestre?    
Para acceder al descuento por pronto pago, deberás enterar el impuesto de manera anticipada por los 6 bimestres que comprende el año, durante los meses de enero y febrero. De pagar solamente un bimestre, no habría forma de obtener descuento alguno. 

 

Z.    Si se solicita el descuento especial antes de enero, ¿sí se ve reflejado en Internet para realizar el pago por pronto pago?    
Sí.

AA.    ¿Qué porcentaje de descuentos se aplican en el Impuesto Predial?
    Descuento por pronto pago, 10% de descuento pagando de manera anual anticipada en una sola exhibición o 7% pagando con tarjeta de crédito a meses sin intereses durante los meses de enero y febrero.
    Descuentos a personas titulares de un inmueble mayores de 60 años y menores de 70 años, 50% de descuento con un tope al primer $1,750,000.00 (Un millón setecientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) de valor fiscal de su predio, una vez aplicado este descuento, al remanente se aplica el descuento del 10% por pronto pago siempre y cuando se realice el entero de la contribución de manera anual anticipada durante los meses de enero y febrero.
    Descuentos a personas titulares de un inmueble mayores de 70 años y menores de 80 años, 60% de descuento con un tope al primer $1,750,000.00 (Un millón setecientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) del valor fiscal de su predio, una vez aplicado este descuento, al remanente se aplica el descuento del 10% por pronto pago siempre y cuando se realice el entero de la contribución de manera anual anticipada durante los meses de enero y febrero.
    Descuentos a personas titulares de un inmueble mayores de 80 años, 80% de descuento con un tope al primer $1,750,000.00 (Un millón setecientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) del valor fiscal de su predio, una vez aplicado este descuento, al remanente se aplica el descuento del 10% por pronto pago siempre y cuando se realice el entero de la contribución de manera anual anticipada durante los meses de enero y febrero.
    Personas titulares de un inmueble con discapacidad, calidad de pensión, jubilación o de viudez, 50% de descuento con un tope al primer $1,500,000.00 (Un millón quinientos mil pesos 00/100 M.N.) del valor fiscal de su predio, una vez aplicado este descuento, al remanente se aplica el descuento del 10% por pronto pago siempre y cuando se realice el entero de la contribución de manera anual anticipada durante los meses de enero y febrero.
    Descuentos a inmuebles que utilicen tecnologías amigables con el medio ambiente, 25% de descuento con un tope al primer $1,800,000.00 (Un millón ochocientos mil pesos 00/100 M.N.) del valor fiscal del predio.
    Las personas físicas o jurídicas titulares de un inmueble que contraten personas con discapacidad y/o personas adultas mayores, 75% de descuento.
    A madres jefas de familia que sean propietarias de manera individual de un inmueble, 50% de descuento siempre y cuando el valor de la propiedad no rebase $1,800,000.00 (Un millón ochocientos mil pesos 00/100 M.N.).
    Predios que sean utilizados para uso agropecuario, 90% de descuento.
    50% de descuento a los Centros de Educación: Básica, Media superior, Superior, Escuelas técnicas, con validez oficial.
    50% de descuento a los Inmuebles afectos al patrimonio cultural del Estado.
    70% de descuento a las sociedades o asociaciones civiles que sean propietarias o propietarios o que les sea entregado en comodato un inmueble para el desarrollo de las actividades que a continuación se señalan:
a.    La atención a personas que, por sus carencias socioeconómicas o por problemas de discapacidad, se vean impedidas para satisfacer sus requerimientos básicos de subsistencia y desarrollo.
b.    La atención en establecimientos especializados a menores y personas adultas mayores en estado de abandono o desamparo o personas con discapacidad de escasos recursos.
c.    La prestación de asistencia médica o de orientación social, de servicios funerarios a personas de escasos recursos, especialmente a menores, personas adultas mayores o con discapacidad.
d.    La readaptación social de personas que han llevado a cabo conductas ilícitas.
e.    La rehabilitación de fármaco-dependientes de escasos recursos.
f.    Sociedades o asociaciones de carácter civil que se dediquen a la enseñanza gratuita, con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, en los términos de Ley General de Educación.
g.    La atención y ayuda a personas víctimas de violencia.

BB.    ¿Cuáles son los requisitos para tramitar el descuento para una persona mayor de 60 años?
a)    Credencial para votar con fotografía vigente, que coincida con el domicilio del inmueble por el que se solicita el descuento.
b)    Si se omitió el domicilio en dicha credencial, presentar comprobante oficial de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses (agua, luz, teléfono), a nombre del propietario del predio y que coincida con el domicilio del inmueble por el que se solicita el descuento.
c)    Tratándose de contribuyentes que no gocen de la nacionalidad mexicana, deberán presentar identificación con fotografía, documento oficial expedido por el Instituto Nacional de Migración (INM), que ampare la legal estancia en el país y comprobante de domicilio a su nombre y que coincida con el domicilio del predio por el que se solicita descuento.

 

OBSERVACIONES:
Este descuento se aplicará antes de realizar el pago correspondiente, por lo que en ningún caso procederá la devolución de lo pagado.

CC.    ¿Cuáles son los requisitos para tramitar el descuento para una persona con calidad de jubilada o pensionada?
a)    Credencial para votar con fotografía vigente, que coincida con el domicilio del inmueble por el que se solicita el descuento.
b)    Si se omitió el domicilio en dicha credencial, presentar comprobante oficial de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses (agua, luz, teléfono), a nombre del propietario del predio y que coincida con el domicilio del inmueble por el que se solicita el descuento.
c)    Tratándose de contribuyentes que no gocen de la nacionalidad mexicana, deberán presentar identificación con fotografía, documento oficial expedido por el Instituto Nacional de Migración (INM), que ampare la legal estancia en el país y comprobante de domicilio a su nombre y que coincida con el domicilio del predio por el que se solicita descuento.
d)    Dictamen definitivo que lo acredite con dicha calidad, copia del comprobante de ingresos con antigüedad no mayor a tres meses, o en su caso, credencial que lo acredite como persona pensionada o jubilada expedido por una institución oficial.

 

OBSERVACIONES:
Este descuento se aplicará antes de realizar el pago correspondiente, por lo que en ningún caso procederá la devolución de lo pagado.

DD.    ¿Cuáles son los requisitos para tramitar el descuento para una persona en calidad de viudez?
a)    Credencial para votar con fotografía vigente, que coincida con el domicilio del inmueble por el que se solicita el descuento.
b)    Si se omitió el domicilio en dicha credencial, presentar comprobante oficial de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses (agua, luz, teléfono), a nombre del propietario del predio y que coincida con el domicilio del inmueble por el que se solicita el descuento.
c)    Tratándose de contribuyentes que no gocen de la nacionalidad mexicana, deberán presentar identificación con fotografía, documento oficial expedido por el Instituto Nacional de Migración (INM), que ampare la legal estancia en el país y comprobante de domicilio a su nombre y que coincida con el domicilio del predio por el que se solicita descuento.
d)    Acta de matrimonio.
e)    Acta de defunción del cónyuge.

 

OBSERVACIONES:
Este descuento se aplicará antes de realizar el pago correspondiente, por lo que en ningún caso procederá la devolución de lo pagado.
Tratándose de inmuebles registrados a nombre del cónyuge fallecido, no será aplicable este beneficio cuando el matrimonio se haya efectuado bajo el régimen de separación de bienes.

EE.    ¿Cuáles son los requisitos para tramitar el descuento para una persona con discapacidad?
a)    Credencial para votar con fotografía vigente, que coincida con el domicilio del inmueble por el que se solicita el descuento.
b)    Si se omitió el domicilio en dicha credencial, presentar comprobante oficial de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses (agua, luz, teléfono), a nombre del propietario del predio y que coincida con el domicilio del inmueble por el que se solicita el descuento.
c)    Tratándose de contribuyentes que no gocen de la nacionalidad mexicana, deberán presentar identificación con fotografía, documento oficial expedido por el Instituto Nacional de Migración (INM), que ampare la legal estancia en el país y comprobante de domicilio a su nombre y que coincida con el domicilio del predio por el que se solicita descuento.
d)    Credencial Nacional para Personas con Discapacidad, emitida por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), o constancia o certificado médico expedido por alguna institución pública de salud o de seguridad social.

 

OBSERVACIONES:
Este descuento se aplicará antes de realizar el pago correspondiente, por lo que en ningún caso procederá la devolución de lo pagado.

 

FF.     ¿Cuáles son los requisitos para tramitar el descuento del 25% en el impuesto predial a los inmuebles que hagan uso de tecnologías amigables con el medio ambiente?    
Acudir a cualquier recaudadora, donde deberá presentar “SOLICITUD DE DICTAMEN DE NATURACIÓN DEL TECHO DE VIVIENDA E IMPLEMENTACIÓN DE TECNOLOGÍAS AMIGABLES CON EL MEDIO AMBIENTE (CALENTADOR SOLAR, SISTEMA PARA LA CAPTACIÓN, FILTRACIÓN Y USO DE AGUAS PLUVIALES, Y CELDAS SOLARES FOTOVOLTAICAS)” debidamente llena y firmada por la o el titular de la cuenta y adjuntando la siguiente documentación:

a)    Copia simple legible de identificación Oficial con fotografía. (INE, IFE, pasaporte, licencia de conducir). 
b)    Copia simple legible del recibo de pago del Impuesto Predial del ejercicio fiscal 2023, que demuestre no contar con adeudos. 
c)    Copia simple legible de comprobante de domicilio.
d)    Copia simple y legible del comprobante fiscal de la implementación y/o adquisición del dispositivo ambiental. (En caso de contar con dicho documento).
e)    Recibo de pago de derechos, conforme al artículo 93 fracción XXXVIII de la Ley de Ingresos del Municipio de Zapopan, Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2024.

Adicionalmente, se adjuntará el Formato de Solicitud de Cobro por concepto de "Dictamen de predios para acreditar la adaptación a inmuebles, para naturación del techo de su vivienda y de tecnologías amigables con el medio ambiente" con fundamento en el artículo 93 fracción XXXVIII de la Ley de Ingresos del Municipio de Zapopan, Jalisco para el Ejercicio Fiscal 2024, debidamente llenado y firmado; y cuyo dictamen tiene un costo de $59.00 (Cincuenta y nueve pesos 00/100 M.N.).

En un plazo aproximado de 10 días hábiles se realizará la visita correspondiente y la emisión del dictamen por parte de la Dirección de Medio Ambiente y a su vez será turnada directamente a la Tesorería Municipal para efectos de la emisión del Acuerdo de descuento correspondiente en un plazo aproximado a 10 días hábiles, quien será la encargada de notificar al contribuyente respecto de la procedencia de la autorización. 

GG.     ¿Cuáles son los requisitos para tramitar el descuento del 50% en el impuesto predial para los inmuebles considerados como Jardín Ornamental?
Para el descuento de predios constituidos como jardines ornamentales, se debe presentar previamente el dictamen favorable que emite la Dirección de Parques y Jardines, el cual tiene un costo de $263.00, de acuerdo al artículo 93 fracción XXIV de la Ley de Ingresos del Municipio de Zapopan, Jalisco y deben cumplir con los siguientes requisitos: 

a)    Que el predio a dictaminar cuente con por lo menos dos árboles (dependiendo las medidas del terreno, se aumentará el número de sujetos forestales), según tengan cabida en dicho espacio, sin amenazar el entorno y/o los límites privativos y con una separación no menor a 2.0 metros de distancia.
b)    Contar con plantas de ornato distribuidas en la superficie del terreno.
c)    Contar con césped en buen estado.
d)    Tener delimitada la propiedad a dictaminar para poder identificar medidas y linderos.
e)    El interior del predio deberá de estar siempre visible desde el exterior y sin ninguna obstrucción para poder constatar el mantenimiento constante.
f)    No tener ningún tipo de construcción.
g)    Anexar croquis del predio.
h)    Adjuntar fotografías tomadas de cada punto cardinal desde el lindero hacia el centro del predio, así como otra desde el exterior que comprueben los incisos del a) al f).
i)    Solicitar el descuento mediante petición a la Tesorería Municipal, un escrito libre, adjuntando todos los requisitos mencionados.

HH.     ¿Sí se pusieron los módulos de Autopago?
Sí, los módulos de Autopago cuentan con 4 direcciones, mismas que a continuación se describen:                                
            
                    
Autopago Patria ubicado en:                        
Av. Patria esquina con av. Américas, colonia Altamira, laborando en un horario de lunes a viernes de 8:00 a 16:00 h, sábados de 9:00 a 13:00 h.                                
Autopago la Cima ubicado en:
Av. Juan Gil Preciado, entre Prolongación Ángel Leaño y Calle Arco de Alejandro, Colonia Parques Zapopan, 45138 Zapopan, Jal., laborando en un horario de lunes a viernes de 8:00 a 16:00 hrs., sábados de 9:00 a 13:00 hrs.                                
Autopago Trasloma ubicado en:    
Av. Mariano Otero 14460 esquina Av. Topacio, colonia Paseos del Sol, laborando en un horario de lunes a viernes de 8:00 a 16:00 hrs., sábados de 9:00 a 13:00 hrs.                                
Autopago Vallarta ubicado en:
Calzada Circunvalación Poniente esquina Av. Vallarta, colonia Ciudad Granja, laborando en un horario de lunes a viernes de 8:00 a 16:00 hrs., sábados de 9:00 a 13:00 hrs..

II.    Si es la primera vez que voy a pagar el predial y no tengo el número de cuenta, ¿a dónde debo de acudir a que me lo proporcionen?
Presentarse con una identificación oficial en las Oficinas Recaudadoras, Recaudadoras Móviles y Recaudadoras de Autopagos del Municipio de Zapopan, Jalisco, donde le proporcionarán su número de Cuenta Predial. Asimismo, se pone a disposición la siguiente página web https://pagos.zapopan.gob.mx/PagoEnLinea/#/busqueda-del-predio

JJ.    ¿Cómo voy a pagar si aún no me llega el recibo a mi domicilio?
A partir del año 2023, por políticas de la administración pública, se tomó la determinación de no enviar recibos a los domicilios; así pues, se pone a disposición de la ciudadanía las consultas en línea a través de la página de internet del Municipio https://pagos.zapopan.gob.mx/PagoEnLinea/#/busqueda-del-predio, a través del asesor virtual Beto Bot en  https://www.zapopan.gob.mx/v3/predial y en la APP Predial Zapopan disponible para equipos de celular iOS o Android.

 

KK.    ¿Qué pagos puedo hacer en las Recaudadoras Móviles y en los módulos de Autopago?
A partir del Ejercicio Fiscal del año 2023 es posible realizar los siguientes pagos Municipales:
•    Impuesto Predial,
•    Agua del SIAPA, 
•    Agua del Municipio,
•     Licencias de Giro,
•    Mantenimiento de Cementerios, y
•    Multas de Estacionómetros.

 

LL.    ¿Puedo pagar Cementerios en línea?
No, actualmente primero debes acudir al Cementerio Municipal por una solicitud de servicio y posteriormente presentarse a cualquier Oficina Recaudadora del Municipio de Zapopan, Jalisco para realizar el pago de los servicios requeridos.

 

MM.    ¿Puedo pagar el refrendo vehicular en los módulos de Autopago? 
No, ya que es un pago que le concierne al Gobierno del Estado de Jalisco y se realiza en las Oficinas Recaudadoras Estatales.

 

NN.     ¿Dónde puedo descargar mi recibo si al realizar el pago el portal no me lo brindó? 
A través de la página web https://pagos.zapopan.gob.mx/PagoEnLinea/#/busqueda-del-predio

 

OO.     ¿Dónde puedo pagar el servicio de agua potable municipal?
•    En las Oficinas Recaudadoras del Municipio de Zapopan, 
•    En las Recaudadoras móvil,
•    En las Recaudadoras de Autopago.

 

PP.    ¿Cómo puedo cambiar el nombre de la o el propietario del recibo del predial?
A través del trámite de Transmisión Patrimonial, el cual se realiza a través de una Notaría, conforme a lo que se estipula en el Retys con Homoclave ZAP-DCAT-046, el cual puede consultar en el siguiente link: https://retys.zapopan.gob.mx/tramites/152/detalle. Posterior a la validación del trámite, se turna para pago en cualquier ventanilla del Centro Integral de Servicios de Zapopan (CISZ), o en línea a través del portal “Web Notarios”, una vez realizado el pago se turna a la Dirección de Catastro para realizar el cambio de propietario.