CONVOCATORIA PÚBLICA

PARA LA CONCESIÓN DE ESPACIOS DE PROPIEDAD MUNICIPAL DESTINADOS A LA REHABILITACIÓN, INSTALACIÓN Y OPERACIÓN DE SANITARIOS PÚBLICOS (FIJOS, SEMIFIJOS Y MÓVILES), EN EL MUNICIPIO DE ZAPOPAN, JALISCO.

 

Contenido

 

  1. Glosario de Términos

 

  1. Información General

 

  1. Condiciones de la Concesión

 

  1. Contraprestación de la Concesión.

 

  1. Requisitos de los Participantes de la Convocatoria.

 

  1. Generalidades del Proceso de Concesión.

 

  1. Procedimiento de la Concesión.

 

Con fundamento en la autorización expedida por el Pleno del H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Zapopan, Jalisco, mediante Acuerdo del Ayuntamiento alcanzado por mayoría calificada de votos como parte de la Sesión Ordinaria del Ayuntamiento llevada a cabo el día 24 de noviembre del 2023, y en cumplimiento a lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en sus artículos 115 párrafo primero, fracción II y 134, y con fundamento en los artículos 73, 77 fracción II relativa a las leyes en materia municipal que expida el Congreso del Estado, 88 párrafos primero y final, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Jalisco, artículos 2, 3, 35, 36 fracciones I y VIII, 37 fracción IV, 82, 84, 103 al 119 de Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, artículo 262 numeral fracción I de la Ley de Salud del Estado de Jalisco, artículo 223 fracción II del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CONVOCA

A las personas físicas o jurídicas que cumplan con los requisitos de la convocatoria y de estas bases y que estén interesados en la formulación de propuestas relacionadas con la convocatoria pública para el otorgamiento de la “Concesión de espacios de propiedad municipal destinados a la rehabilitación, instalación y operación de sanitarios públicos (fijos, semifijos y móviles), en el Municipio de Zapopan, Jalisco”, misma que se llevará a cabo al amparo de las siguientes:

 

BASES

BASES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA Concesión de espacios de propiedad municipal destinados a la rehabilitación, instalación y operación de sanitarios públicos (fijos, semifijos y móviles), en el Municipio de Zapopan, Jalisco.

 

 

SECCIÓN I: INFORMACIÓN GENERAL DEL PROYECTO.

 

  1.  GLOSARIO DE TÉRMINOS.

 

ACTO DE FALLO: Evento mediante el cual el AYUNTAMIENTO dará a conocer el FALLO de la presente CONVOCATORIA PÚBLICA.

 

ANEXOS: Conjunto de documentos, adjuntos a las presentes BASES, que contienen información complementaria que los CONCURSANTES deberán tomar en cuenta para la elaboración de sus PROPUESTAS. Para los efectos legales procedentes, se deberá considerar que los ANEXOS forman parte integral de las presentes BASES.

 

AYUNTAMIENTO: El Ayuntamiento del Municipio de Zapopan, Jalisco.

 

BASES: El presente documento, sus ANEXOS, y demás documentos emitidos por el AYUNTAMIENTO durante el desarrollo de la CONVOCATORIA PÚBLICA y que específicamente se establezcan como vinculantes.

 

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR: Son eventos de CASO FORTUITO, los fenómenos de la naturaleza y, en general, aquéllos en los que no interviene directamente la voluntad del hombre, y entre los que se señalan de manera no limitativa los siguientes: tormentas, ciclones, inundaciones, rayos, terremotos, incendios y explosiones. Son eventos de FUERZA MAYOR aquéllos en los que interviene directa o indirectamente la voluntad del hombre, y entre los que se señalan de manera no limitativa los siguientes: guerras, disturbios civiles, revueltas, insurrecciones, sabotajes, plantones, actos de terrorismo, huelgas, embargos comerciales en contra de México, accidentes que dañen directa y/o indirectamente las instalaciones objeto de la presente CONVOCATORIA PÚBLICA, y actos u omisiones de las autoridades que no hubiesen sido voluntariamente solicitados o promovidos por la parte afectada, ni ocasionados por el incumplimiento de sus obligaciones bajo las BASES o cualquier ley y norma aplicable. La FUERZA MAYOR incluye la imposibilidad de obtener oportuna y apropiadamente cualquier permiso, licencia, autorización o concesión a cargo del CONCESIONARIO necesaria para que cumpla con sus obligaciones derivadas del CONTRATO DE CONCESIÓN, siempre y cuando dicho CONCESIONARIO haya cumplido con todos y cada uno de los requisitos necesarios para su obtención en los términos de las LEYES Y NORMAS APLICABLES y llevado a cabo todos los actos pertinentes para tal fin.

 

COMISIÓN REVISORA: Comisión encargada de revisar y ponderar las propuestas de los concursantes así como de remitir el análisis correspondiente de las propuestas al Pleno del Ayuntamiento; misma que estará integrada por el titular o el representante de cada una de las siguientes dependencias del Municipio: Jefatura de Gabinete, la Coordinación General de Servicios Municipales, la Coordinación General de Gestión Integral de la Ciudad, la Dirección de Ordenamiento del Territorio y la Dirección de Movilidad y Transporte, fungiendo como coordinadora material de los trabajos la Coordinación General de Servicios Municipales.

 

CONCESIÓN O CONTRATO DE CONCESIÓN: Documento que derivado de la CONVOCATORIA PÚBLICA, y con fundamento en las normas citadas en el proemio de estas BASES, adjudicará el Gobierno del Municipio de Zapopan a través del AYUNTAMIENTO y que será suscrito con el CONCESIONARIO, conforme al cual se prestarán los SERVICIOS, se construirá la infraestructura, se suministrarán e instalarán los equipos necesarios y se cumplirá con las normas y especificaciones indicados en los términos de estas BASES y sus ANEXOS. El CONTRATO suscrito por el MUNICIPIO y el CONCESIONARIO será considerado para todos los efectos a los que haya lugar como el acto de autoridad soberana por el cual el AYUNTAMIENTO otorga al CONCESIONARIO la autorización para la prestación del servicio e instalación de equipamiento urbano de sanitarios públicos y la operación de los mismos en el municipio de Zapopan, Jalisco y mediante el cual el CONCESIONARIO se obliga a brindar el SERVICIO con los estándares de calidad requeridos.

 

CONCESIONARIO: Se refiere al Concursante que de acuerdo con el FALLO de la CONVOCATORIA PÚBLICA resulte ganador y firme el CONTRATO DE CONCESIÓN.

 

CONVOCATORIA PÚBLICA: El proceso competitivo, transparente y abierto a todo tercero particular de nacionalidad mexicana para la adjudicación de la CONCESIÓN por un plazo de 10 años, para la prestación del servicio e instalación de equipamiento urbano de sanitarios públicos y la operación de los mismos en el municipio de Zapopan, Jalisco.

 

CONCURSANTE: Aquellas personas físicas o jurídicas, de nacionalidad mexicana, que presenten una PROPUESTA.

 

CONCURSANTE GANADOR: CONCURSANTE cuya PROPUESTA sea declarada ganadora de la CONVOCATORIA PÚBLICA por el AYUNTAMIENTO a través del FALLO, en los términos de las BASES, y las LEYES Y NORMAS APLICABLES, y a quien que se le adjudique la CONCESIÓN.

 

CONTRAPRESTACIÓN: Pago realizado por el CONCESIONARIO al MUNICIPIO en reciprocidad al cumplimiento de las obligaciones derivadas del CONTRATO DE CONCESIÓN. El pago será en especie de acuerdo con lo establecido en las BASES.

 

CONVOCANTE: El Municipio de Zapopan, Jalisco, a través del Presidente Municipal y la Secretario del Ayuntamiento, ejecutando el proceso de coordinación y gestión del proceso a través de la Coordinación General de Servicios Municipales.

 

CONVOCATORIA: La Convocatoria para el presente proceso de CONVOCATORIA PÚBLICA.

 

FALLO: La resolución emitida por el AYUNTAMIENTO, conforme a lo establecido en las BASES y las LEYES Y NORMAS APLICABLES, para determinar, en su caso, al CONCURSANTE GANADOR.

 

LEY: Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.

 

LEYES Y NORMAS APLICABLES: Conjunto de leyes, reglamentos, normas, lineamientos y otros instrumentos jurídicos aplicables al amparo del presente proceso de CONVOCATORIA PÚBLICA.

 

MUNICIPIO: El Municipio de Zapopan del Estado de Jalisco.

 

PARTICIPANTE: La persona física o jurídica que presente una PROPUESTA y que cumpla con los requisitos de la CONVOCATORIA y del presente documento y que cuenten con los recursos técnicos, financieros y demás que sean necesarios para proveer al MUNICIPIO en forma oportuna de los SERVICIOS con las especificaciones y normas vigentes, de acuerdo a los términos y plazos que se establecen en estas BASES y cuyas actividades estén relacionadas con los giros comerciales de los bienes solicitados.

 

PRESENTACIÓN DE ACLARACIONES: Procedimiento mediante el cual se presentará por parte de los CONCURSANTES y se dará respuesta por parte de la CONVOCANTE, a las preguntas, dudas, consultas y cuestionamientos que se planteen sobre estas BASES y sus ANEXOS, utilizando el formato nombrado FORMATO PARA PRESENTACIÓN DE ACLARACIONES de las presentes BASES).

 

PROPUESTA: La oferta presentada por un CONCURSANTE dentro de la CONVOCATORIA PÚBLICA, de acuerdo con lo establecido en las BASES, compuesta por una PROPUESTA TÉCNICA y una PROPUESTA ECONÓMICA, la cual deberá estar vigente durante toda la CONVOCATORIA PÚBLICA hasta 30 treinta días posteriores al ACTO DE FALLO.

 

PROPUESTA ECONÓMICA: El conjunto de datos, información, especificaciones y documentos de carácter económico-financiero, que el CONCURSANTE debe incluir en su PROPUESTA, de acuerdo con lo establecido en estas BASES.

 

PROPUESTA GANADORA: Aquella PROPUESTA SOLVENTE que en términos del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, asegure las mejores condiciones de contratación para el MUNICIPIO en cuanto a precio, calidad, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.

 

PROPUESTA TÉCNICA: El conjunto de datos, formatos, información, especificaciones y documentos de carácter general y técnico que debe incluir el CONCURSANTE en su PROPUESTA, de acuerdo con lo establecido en estas BASES.

 

PROPUESTA SOLVENTE: La PROPUESTA presentada por un CONCURSANTE, que haya sido declarada técnica, legal y económicamente viable, en los términos mínimos requeridos por las BASES.

SERVICIOS: Todas y cada una de las actividades señaladas en el objeto de la CONCESIÓN a ser prestadas por el CONCESIONARIO.

 

2. INFORMACIÓN GENERAL

 

2.1. ENTIDAD CONVOCANTE.

Con fundamento en la autorización expedida por el pleno del H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL del MUNICIPIO de Zapopan, Jalisco, mediante Dictamen y Propuesta de Comisiones identificado con número de expediente 104/20, aprobado en Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 24 de noviembre del 2023, y en cumplimiento a lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en sus artículos 115  fracción III y 134, y con fundamento en los artículos 79 fracción VIII, y 83 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Jalisco, artículos 2, 3, 35, 36 fracciones I y VIII, 37 fracciones XIII, 94 Fracción 8, 103, 104, 105, 106, 107, 108, 110, 111 y  112 de Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, artículo 262 fracción I de la Ley de Salud del Estado de Jalisco, artículo 223 fracción II del Código Urbano., la entidad CONVOCANTE es el MUNICIPIO , a través del Presidente Municipal y la Secretario del Ayuntamiento, ejecutando el proceso de coordinación y gestión del proceso a través de la Coordinación General de Servicios Municipales.

 

De conformidad al Acuerdo del Ayuntamiento de fecha 24 de noviembre del 2023, la concesión se desahogará de conformidad a lo siguiente:

 

2.2   OBJETO DE LA CONCESIÓN.

La presente CONVOCATORIA PÚBLICA tiene por objeto seleccionar a una persona física o jurídica, de nacionalidad mexicana, EMPRESARIO LOCAL (del Estado de Jalisco, por las necesidades del servicio), a la que se le serán concesionados espacios de propiedad municipal en que existen servicios sanitarios (en unidades deportivas de propiedad municipal y mercados municipales), para rehabilitarlos y operarlos, así como para instalar y habilitar servicios sanitarios en otros sitios del Municipio de Zapopan, Jalisco, validados por la autoridad municipal, en los que el servicio se prestará en ambos casos mediante un cobro al usuario, a cambio de una contraprestación en especie, con la colocación de módulos sanitarios portátiles y/o en remolques, a instalarse en los tianguis y espacios que el Municipio de Zapopan, determine, para eventos como la Romería de Zapopan y aquellos en  que se requiera el servicio de baños portátiles, y que el Concesionario se encargará de instalar, operar y retirar, disponiendo de los residuos sanitarios que contengan en los términos de las disposiciones de la materia, sin costo para el Municipio ni para los usuarios de estos módulos portátiles y/o en remolques. Esta concesión se concederá por un lapso de 10 diez años para la prestación del servicio de sanitarios públicos. En los espacios de instalación de módulos semifijos mediante cobro al usuario, dicho equipamiento deberá ser mobiliario semifijo que pueda instalarse de manera temporal sin necesidad de construcciones, excavaciones o daños a la infraestructura urbana; y el servicio deberá estar basado en buenas prácticas de calidad de operación para el mantenimiento de inocuidad en las instalaciones, equipos y utensilios, así como la recolección, manejo y disposición final de residuos que se generen, operando el funcionamiento de los mismos, mediante el constante mejoramiento sustantivo de la imagen, empleando personal calificado, así como el suministro de insumos que garanticen su conservación y su funcionamiento permanente e ininterrumpido; a través del cobro de una tarifa al usuario, conforme a la ley de Ingresos vigente y a cambio de una contraprestación en especie a favor del municipio y de los ciudadanos, equivalente al servicio, operación y mantenimiento de los sanitarios móviles en diversos tianguis y espacios que el Municipio de Zapopan determine del Municipio, para eventos como la Romería de Zapopan y aquellos en  que se requiera el servicio de baños portátiles, en los horarios y lugares específicos que determine éste y cuyo servicio será gratuito para los usuarios.

 

3. CONDICIONES. Además de lo que establecen los artículos del 106 al 110 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, los interesados deberán comprometerse a:

3.1        Rehabilitar 15 quince de baños públicos en Unidades Deportivas y mercados públicos, de acuerdo a la necesidad que cada uno de ellos presenta, conforme se plasma en el Anexo E.

3.2        Instalar el mobiliario semifijo y equipamiento urbano para (x número) sanitarios públicos cuyas especificaciones y características se señalan en el Anexo A.

3.3        El equipamiento instalado tendrá como uso exclusivo el de sanitarios públicos.

3.4        Operar el servicio de sanitarios públicos, en condiciones de alta calidad donde la limpieza e higiene sean constantes y permanentes en el mobiliario y sus instalaciones.

3.5        Mantener habilitados y en buen funcionamiento todos los días del año los sanitarios públicos, con el horario que el municipio determine a través de la Jefatura de Gabinete.

3.6        Contar con personal suficiente y permanente para atender eficientemente el servicio concesionado. El personal deberá estar debidamente entrenado y capacitado para atender el servicio y llevar a cabo la constante limpieza y mantenimiento de los sanitarios públicos.

3.7        El personal debe estar uniformado, bien presentado e identificado mediante gafete y logo del concesionario.

3.8        Proveer bajo su costo todos los insumos necesarios para la operación permanente como son: Recipientes de basura, papel higiénico, secadores desechables, jabón de manos, limpiadores, desinfectantes y otros insumos y utensilios que se requieran.

3.9        Llevar un adecuado control del suministro de insumos que garanticen el servicio al usuario de manera ininterrumpida y al 100% cien por ciento en calidad.

3.10    Al oportuno y adecuado mantenimiento preventivo y correctivo del mobiliario y de las instalaciones para que el servicio opere y funcione permanentemente al 100% cien por ciento, debiendo instalar la señalética básica.

3.11    Cubrir oportunamente todos los pagos de servicios e insumos que tengan relación con los sanitarios públicos o su funcionalidad y permitir al Municipio la revisión respecto de su cumplimiento cuando éste lo requiera.

3.12    Responder por los daños y perjuicios causados a los espacios públicos materia de la concesión, ya sea directa o indirectamente por terceros, durante la vigencia de la misma, que resulte de su negligencia.

3.13    Responder ante el Municipio y terceros, de cualquier accidente que se ocasione dentro de las áreas de los sanitarios públicos materia de la concesión.

3.14    Sujetarse a la supervisión que el municipio considere idónea para evaluar el cumplimiento de lo ofertado, en los términos de las bases y del contrato de concesión.

3.15    No permitir venta de productos que no hayan sido previamente aprobados por el municipio. En este caso, sólo se autorizará la venta de productos inherentes a la higiene personal.

3.16    Cobrar la tarifa del servicio, conforme a la Ley de Ingresos vigente.

3.17    Realizar, de acuerdo a las necesidades de cada mobiliario urbano, un servicio completo de sanidad y fumigación de los servicios higiénicos.

3.18    Utilizar limpiadores, jabones e insumos desinfectantes biodegradables.

3.19    Con el objeto de que el municipio pueda conocer si la ubicación de cada mobiliario que se instala está cumpliendo el objetivo de solventar una necesidad social, el concesionario deberá presentar al municipio los informes que éste considere convenientes, y de igual forma el municipio podrá auditar en cualquier momento con conteos al concesionario sobre el número de usuarios.

3.20    Obtener las licencias y permisos respectivos en los ámbitos de gobierno correspondientes, de acuerdo a las leyes y reglamentos que rigen la materia.

3.21    Otorgar la fianza respectiva que garantice la eficaz prestación del servicio público.

3.22    Será responsabilidad del concesionario la disposición final de los residuos sépticos de acuerdo a las normas aplicables; así como la recolección y disposición final de los demás residuos.

3.23    Correrá por cuenta del concesionario todos los trámites y los gastos de servicios para operar la concesión, como luz, agua o cualquier otro que resulte necesario, incluida la gestión y trámite ante el SIAPA para obtener la factibilidad de conexión a las redes de agua potable y drenaje para los sanitarios semifijos a instalar en espacios municipales.

3.24    El participante ganador y después titular de la concesión, será en su carácter intrínseco el patrón del personal que sea necesario, es y será el único responsable de cumplir con las obligaciones derivadas de las disposiciones legales, fiscales, laborales y demás ordenamientos en materia de seguridad social respecto de dicho personal, sin que por ningún motivo se considere patrón al Municipio de Zapopan. Asimismo, el titular de la concesión se responsabilizará por los daños y perjuicios ocasionados al Municipio de Zapopan en el desempeño de sus actividades como concesionario de dicho equipamiento y servicio, causado por negligencia, dolo o mala fe.

3.25    Las ubicaciones del equipamiento de baños semifijos, así como su imagen, seguirán los criterios establecidos en los Anexos A y D.

 

4. CONTRAPRESTACIÓN

 

4.1     La CONTRAPRESTACIÓN mínima que exige el Municipio para que la propuesta se considere solvente, deberá ser de al menos un sanitario portátil y/o en remolque (móvil) por cada ubicación de baños fijos o semifijos que opere la concesión, con una proporción de 1:1 uno a uno, considerándose cada ubicación de baños fijos y semifijos instalados por el concesionario, es decir por cada espacio completo de Unidades Deportivas, o de espacios de sanitarios de mercados municipales o de módulos semifijos instalados se proporcionará un sanitario portátil o en remolque gratuito diario; por lo que los participantes deberán ofertar la cantidad de sanitarios móviles que consideren viables financieramente como contraprestación de la concesión, mismos que se instalarán y operarán en los tianguis y espacios que el Municipio de Zapopan, determine, para eventos como la Romería de Zapopan y aquellos en  que se requiera el servicio de baños portátiles.

4.2     La propuesta debe describir a detalle la forma cuantitativa y cualitativa, así como las características y especificaciones de los sanitarios portátiles y/o en remolques (móviles).

4.3     Las condiciones del servicio y operación de los sanitarios portátiles y/o en remolques (móviles) objeto de la contraprestación deberán cumplir con los mismos requisitos que se exigen para el servicio y operación de los baños fijos y semifijos objeto de la concesión.

4.4     La obligación de proveer el servicio de los sanitarios portátiles y/o en remolques (móviles) como contraprestación, se genera desde el primer día en que el concesionario inicie la operación de los baños concesionados, sin embargo, los días, horarios y lugares a donde se destinarán los sanitarios portátiles y/o en remolques (móviles) los establecerá la Jefatura de Gabinete y le notificará al CONCESIONARIO con al menos 3 tres días de anticipación.

4.5     La contraprestación no estará sujeta a cambios, independientemente de la rentabilidad que representa para el CONCESIONARIO la operación de los baños fijos y semifijos ya existentes que estén incluidos en la concesión. Sólo en el caso de que alguna ubicación de baños semifijos instalados por el concesionario, no le resulte rentable después de 3 tres meses de operación, el concesionario podrá solicitar al Municipio autorización para reubicar esos baños, y de no haber disponibilidad en otro espacio disponible, podrá solicitar la cancelación de esa ubicación. En este caso, el concesionario no tendrá la obligación de dar la contraprestación correspondiente, hasta que se reinstale el baño semifijo en una nueva ubicación. Si el Municipio autoriza la cancelación de una ubicación por petición del concesionario, éste último tendrá la obligación de desinstalarlo a más tardar en 8 ocho días posteriores a que le sea notificada la respuesta a su solicitud, de lo contrario, el concesionario tendrá obligación de seguir otorgando la contraprestación derivada de esa ubicación hasta que desinstale el baño semifijo.

4.6     La contraprestación deberá tener como mínimo las condiciones y especificaciones que se estipulan en el Anexo B.

 

5. REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES DE LA CONVOCATORIA

 

5.1     Podrán participar las personas físicas o jurídicas establecidas en el Estado de Jalisco, que acrediten plenamente una experiencia mínima de 3 tres años en la operación de baños públicos en la ciudad. La participación implica su pleno sometimiento al cumplimiento de lo establecido en las bases, en el contrato de concesión y sus anexos.

5.2     Podrán participar las personas físicas o jurídicas que acrediten amplia experiencia en el manejo de residuos sépticos.

5.3     Contar con taller de fabricación o remodelación de baños y planta de tratamiento de aguas servidas, propia y equipada, la cual tenga el personal y la capacidad necesaria para brindar el servicio de fabricación, mantenimiento y reparaciones de módulos sanitarios, para la operación del total de sanitarios semifijos y portátiles y/o en remolques a instalar y operar.

5.4     Contar con planta de tratamiento de residuos sanitarios, donde pueda asegurarse, que en caso de ser necesario se dará cumplimiento total al tratamiento de este tipo de residuos, misma que deberá de estar cumpliendo con todas las normas de salud y ambientales, del orden estatal y federal.

5.5     Participar por sí o a través de su representante legal o mandatario, debidamente facultado con los poderes otorgados de acuerdo a las normas vigentes, acreditando ante la Comisión Revisora mediante poder notarial vigente para actos de administración.

5.6     Los participantes deberán mantener su oferta durante todo el proceso de selección, que culmina con la suscripción del contrato de concesión respectivo, en caso de resultar favorecido.

5.7     Están impedidos para participar en la convocatoria las personas que se encuentren en los supuestos establecidos por el artículo 103 Bis de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco; así como aquellas que hayan sido sancionadas administrativamente por incumplimiento de contratos, o se encuentren jurídicamente impedidos de acuerdo a las normas vigentes.

 

6. GENERALIDADES DEL PROCESO DE CONCESIÓN.

 

6.1     Puntualidad.

 

6.1.1   Solo podrán participar en los diferentes actos, los participantes que se hayan registrado antes del inicio de estos, según los horarios establecidos en las presentes bases.

6.1.2   En el caso de que por causas justificadas los actos no se inicien a la hora señalada, los acuerdos y las actividades realizadas por la autoridad serán válidos, no pudiendo los participantes de ninguna manera argumentar incumplimiento por parte de la misma.

 

6.2     Presentación de Documentos.

 

6.2.1   Todos los escritos, cartas, solicitudes o cualquier otro comunicado deberán estar dirigidas a la Comisión Revisora. El incumplimiento de este requisito será motivo de descalificación.

6.2.2   La Comisión Revisora en cualquier momento podrá corroborar la autenticidad y vigencia de los documentos presentados, así como realizar visitas a los domicilios de los participantes para lo cual estos deberán comprometerse a otorgar todas las facilidades necesarias.

6.2.3   Acreditación de Personalidad. Todos los participantes deberán estar constituidos en el Estado de Jalisco o con una sucursal legalmente establecida para el caso de personas jurídicas; o en el caso de personas físicas tener sus oficinas establecidas en el Estado de Jalisco; además deberán presentar los siguientes documentos para acreditar su existencia y personalidad jurídica.

 

6.2.3.1    Personas Jurídicas:

 

6.2.3.1.1     Copia certificada ante Notario Público de la escritura constitutiva de la sociedad, así como de la última acta de asamblea celebrada que modifique a la constitutiva. Los documentos referidos con antelación deben estar inscritos en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

6.2.3.1.2     En su caso, copia certificada del Poder correspondiente en el que se otorgue facultades para actos de administración al apoderado que comparezca en su representación.

6.2.3.1.3     Copia simple de los documentos solicitados en los dos puntos anteriores para su debido cotejo, mismos que deberán ir foliados y/o enumerados de acuerdo al orden de las bases.

6.2.3.1.4     Copia simple de la identificación oficial vigente del Representante y/o Apoderado Legal.

 

6.2.3.2          Personas Físicas:

 

6.2.3.2.1     Original de la identificación oficial la que previo cotejo con la copia simple que exhiba le será devuelta en el acto. La persona que asista a la Junta Aclaratoria y al Acto de Presentación y Apertura de Propuestas, bastará con que presente Carta Poder expedida ante 2 dos testigos por la Persona Física o, en su caso, su Apoderado Legal acreditado con la documentación indicada.

 

6.3           Formalidad, Requisitos y Contenido de las Propuestas.

 

6.3.1  Las propuestas deberán presentarse por escrito en original y en papelería membretada del participante.

6.3.2  Para facilitar la revisión de las propuestas técnicas, se solicita que sean entregadas dentro de carpetas de 3 tres argollas, indicando mediante el uso de separadores (los separadores no es necesario que vayan foliados), la sección que corresponda de conformidad al orden de las bases, las cuales deberán ir dentro de sobre cerrado en forma inviolable con cinta adhesiva y firmada la solapa por la persona física o moral por conducto de su Representante y/o Apoderado Legal, indicando claramente el nombre del participante y el número de licitación.

6.3.3  Únicamente aquellos documentos originales presentados y que por aspectos legales no se puedan perforar ni firmar serán devueltos una vez cotejado con las copias simples exhibidas; se presentarán dentro de micas especiales, debiendo anexar una copia de cada documento para su cotejo, mismas que deberán ir perforadas y firmadas de manera autógrafa por el Representante y/o Apoderado Legal e integradas en las carpetas sin micas, y con el folio y/o numeración consecutivo.

6.3.4  Las propuestas técnicas deberán incluir un ÍNDICE que haga referencia al contenido y al número de hojas. Por lo que toda la documentación que se presente deberá de estar numerada y/o foliada en forma consecutiva y de acuerdo al orden solicitado en las bases (incluyendo el índice y las copias simples de las actas constitutivas y poderes, excepto la documentación original).

6.3.5  Los documentos entregados no deberán presentar textos entre líneas, raspaduras, tachaduras o enmendaduras.

6.3.6  Toda la documentación contenida en la propuesta deberá estar firmada en forma autógrafa por el Participante o Representante y/o Apoderado Legal.

6.3.7  Todos los participantes deberán incluir al inicio de su propuesta una carátula que contenga el siguiente texto “(Nombre del Participante), manifiesto bajo protesta de decir verdad que la presente propuesta incluye todos y cada uno de los documentos solicitados en las Bases, misma que consta de un total de (número de hojas) hojas, por lo que al momento de que sea revisada acepto se apliquen las sanciones correspondientes tanto a mí como a mi representada en caso de incumplimiento, deficiencias y omisiones”. Esta carátula deberá de estar firmada por el Representante Legal.

6.3.8  Currículum del participante, sea persona física o moral.

6.3.9  La propuesta de cada participante, deberá contener la descripción detallada de la ejecución de la concesión, tanto del mobiliario y equipamiento como de la operación y mantenimiento del servicio de sanitarios semifijos objeto de esta concesión, por un total de hasta 20 veinte puntos de cobertura, que quedarán sujetos a la aprobación del Municipio.

6.3.10  La propuesta de cada participante deberá contener además, respecto del mobiliario semifijo un anteproyecto con la imagen, elementos y características del mismo que deberán cumplir con lo estipulado en los Anexos A y D. La imagen y elementos deberán ser estandarizados, y con características de accesibilidad universal.

6.3.11  La propuesta de cada participante deberá incluir su oferta cuantitativa y cualitativa de forma detallada del servicio de sanitarios móviles para tianguis y espacios que el Municipio de Zapopan determine, para eventos como la Romería de Zapopan y aquellos en  que se requiera el servicio de baños portátiles y/o en remolques (móviles); así como descripción de las características del equipamiento y servicio de la contraprestación, que deberá cumplir con el Anexo B.

6.3.12  Deberá incluirse en la propuesta evidencia documental y fotográfica así como la descripción detallada del taller propio y su equipamiento, donde se demuestre la capacidad plena para brindar el servicio de fabricación, instalación y reparaciones que serán necesarios para la operación del total de sanitarios semifijos a instalar y los portátiles y/o en remolques a operar en los tianguis o en los sitios que determine el Municipio.

6.3.13  Deberá incluirse en la propuesta evidencia documental de la planta de tratamiento de residuos con sus características y capacidad, además de las certificaciones o autorizaciones por las autoridades competentes.

6.3.14  La propuesta deberá contener pruebas documentales.

6.3.15  Se deberá incluir en la propuesta, carta original firmada por el Representante y/o Apoderado Legal, en la que conste la aceptación de las condiciones y disposiciones establecidas en las presentes bases.

6.3.16  Estar inscrito y actualizado en el Padrón de Proveedores del Municipio de Zapopan, pudiendo entregar la documentación correspondiente para obtener su registro o refrendo a más tardar 3 tres días antes de la fecha de la presentación de las propuestas; debiendo entregar en la carpeta de propuesta constancia de dicho registro.

6.3.17  Todos los participantes deberán exhibir carta en papel membretado y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD en la que manifiesten su compromiso, en caso de ser electos, de ejecutar la concesión y sus contraprestaciones de acuerdo a las necesidades y tiempos del Municipio.

6.3.18  Todos los participantes deberán exhibir carta en papel membretado y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD en la que garanticen la calidad en la ejecución de la concesión y de los cuales el concesionario se compromete a responder.

6.3.19  El participante deberá entregar la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales emitido por el Servicio de Administración Tributaria, para corroborar que está al corriente en sus obligaciones fiscales, por lo que en caso de no estarlo será motivo de descalificación, dicho documento deberá tener una antigüedad menor a 30 treinta días.

6.3.20  El participante deberá entregar la constancia de alta patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

6.3.21  Las propuestas no deberán contener datos económicos, será motivo de descalificación el incumplimiento de esta obligación, pues la cantidad a cobrar al usuario será la establecida en la Ley de Ingresos del Municipio de Zapopan, Jalisco, para cada ejercicio fiscal.

 

6.3.22  Las personas físicas o jurídicas deberán además manifestar:

 

6.3.22.1    Mediante una carta en papel membretado la experiencia, profesionalismo y capacidad técnica, humana y de equipamiento, para la ejecución de la concesión, anexando documentación que avale la experiencia.

6.3.22.2    Mediante una carta en papel membretado, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con experiencia en fabricación, instalación, operación y mantenimiento de sanitarios masivos semifijos y móviles, con mínimo de 500 quinientos usuarios en un día, indicando el tiempo correspondiente.

6.3.22.3    Garantizar con carta bajo protesta de decir verdad que los insumos para la limpieza que utilizará son ecológicos y biodegradables y anexar especificaciones y certificaciones de los mismos.

6.3.22.4    Manifestar mediante una carta en papel membretado y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que está de acuerdo en que el incumplimiento en la calidad y en la ejecución será motivo de revocación de la concesión.

6.3.22.5    Manifestar mediante una carta en papel membretado y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que estará a su cargo la responsabilidad laboral y el pago de prestaciones del personal que prestará el servicio concesionado, y que éste no tendrá relación laboral alguna con el municipio.

6.3.23        Acreditar su solvencia económica y financiera, anexando copia de su última Declaración Anual del Impuesto Sobre la Renta, Balance General actualizado dictaminado y firmado por Contador Público, con un máximo de 6 seis meses de antigüedad con la leyenda BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD.

 

7         PROCEDIMIENTO DE LA CONCESIÓN. El periodo de registro de interesados a participar serán los días 10 y 11 de enero del 2024, de 9:00 a 14:00 horas, en las instalaciones de la Coordinación General de Servicios Municipales ubicadas en Av. Guadalupe # 6899, Guadalupe Inn, Exitmex, C.P. 45010, Zapopan, Jalisco.

 

7.1     De la Junta de Aclaraciones.

 

7.1.1      A este acto deberá asistir la persona física o la persona jurídica a través de su Representante Legal con Carta Poder Simple y una identificación oficial, así como copia de la documentación que acredite al Representante Legal como tal.

7.1.2      La Junta de Aclaraciones de estas Bases de Licitación se llevará a cabo el día 23 de enero del 2024 a las 10:00 horas, (debiendo registrarse de las 9:45 y hasta las 10:00 horas), en las instalaciones de la Coordinación General de Servicios Municipales ubicadas en ubicadas en Av. Guadalupe # 6899, Guadalupe Inn, Exitmex, C.P. 45010, Zapopan, Jalisco, donde se dará respuesta por parte de la Coordinación General de Servicios Municipales única y exclusivamente a las preguntas presentadas en el formato del Anexo C, llenado por el Representante Legal o participante y que deberá enviarse por correo electrónico a alejandro.vazquez@zapopan.gob.mx, plasmando como título del correo la siguiente referencia: “Preguntas Convocatoria, expediente 104/20”) el día 19 de enero del 2024, de las 9:00 14:00 horas.

7.1.3      El periodo de Registro a la Junta Aclaratoria será el día 23 de enero del 2024, de las 9:45 hasta las 10:00 horas, en las instalaciones de la Coordinación General de Servicios Municipales ubicadas en ubicadas en Av. Guadalupe # 6899, Guadalupe Inn, Exitmex, C.P. 45010, Zapopan, Jalisco.

7.1.4      La asistencia de los interesados a la Junta de Aclaraciones será optativa, sin embargo, su ausencia será bajo su más estricta responsabilidad ya que deberán aceptar lo ahí acordado, en el entendido de que en la misma NO se podrán variar las bases en sus aspectos relevantes, salvo aquellos que no afecten el fondo de las bases y serán determinados por la convocante.

7.1.5      Los participantes podrán acudir a la Coordinación General de Servicios Municipales dentro de los siguientes 3 tres días hábiles de celebrada la Junta de Aclaraciones en horario de 9:00 a 14:00 horas, a efecto de solicitar una copia del acta de la junta respectiva, asimismo se publicará el día 24 de enero del 2024, en las instalaciones de la referida Coordinación ubicada en Av. Guadalupe # 6899, Guadalupe Inn, Exitmex, C.P. 45010, Zapopan, Jalisco, así como en la página Web del municipio.

 

7.2     Acto de Apertura de Propuestas.

 

7.2.1      Los participantes, deberán entregar en sobre cerrado y firmado en la parte posterior, todos los documentos solicitados en todos los incisos de los puntos 6.1, 6.2. y 6.3 de estas bases, y lo derivado de la Junta Aclaratoria, DEBIDAMENTE FIRMADOS por el Representante Legal o la persona facultada para ello.

7.2.2      El ACTO DE RECEPCIÓN, PRESENTACIÓN Y APERTURA DE LAS PROPUESTAS TÉCNICAS se llevará a cabo el día 26 de enero del 2024 en las instalaciones de la Coordinación General de Servicios Municipales ubicada en Av. Guadalupe # 6899, Guadalupe Inn, Exitmex, C.P. 45010, Zapopan, Jalisco, a las 11:00 horas.

7.2.3      El periodo de registro para asistir al acto de recepción, presentación y apertura de las propuestas será a partir de las 9:00 a las 10:00 horas del día 26 de enero del 2024.

7.2.4      A este acto deberá asistir el Representante y/o Apoderado Legal del participante, en caso de tratarse de persona jurídica, quien deberá presentar identificación oficial vigente acompañada de una fotocopia para su registro. Y para el caso de que el participante sea persona física deberá presentar de igual forma identificación oficial vigente acompañada de una fotocopia. (Favor de no incluir identificación original dentro del sobre ya que es necesaria para su registro).

7.2.5      Los participantes, deberán entregar todos los documentos solicitados en el punto 6, y en la forma especificada en el punto 6.3 de las bases de la presente licitación, en sobre cerrado y firmado en la parte posterior por el Representante y/o Apoderado Legal; la firma deberá abarcar, una vez cerrado el sobre, la parte de la cejilla y el resto de la parte posterior del sobre. La firma deberá ser cubierta con cinta adhesiva transparente.

5.2.6      La asistencia a este acto es de carácter obligatorio, y no se permitirá la entrada a ningún participante después de la hora señalada y de acuerdo al punto 6.1.1. de las bases, por lo que se suplica estricta puntualidad ya que todos los licitantes presentes, deberán firmar los documentos de los demás participantes. El incumplimiento de lo establecido en el presente punto será motivo de descalificación del proceso.

7.2.7      El representante de la Coordinación General de Servicios Municipales ante la Comisión Revisora, abrirá los sobres, y verificará que estén cerrados y lacrados, y que contengan los documentos solicitados.

7.2.8      Se dará lectura en voz alta por el representante de la Coordinación General de Servicios Municipales ante la Comisión Revisora, sobre el resultado de la revisión de documentos, informando quién o quienes cubrieron los requisitos estipulados en estas Bases de Licitación.

7.2.9      Todas las propuestas presentadas serán retenidas hasta la fecha de la firma del contrato de concesión, por lo que la Comisión Revisora devolverá a los participantes las propuestas no seleccionadas después de esta fecha.

7.2.10  En ese acto, se evaluará el contenido de las propuestas de los participantes.

7.2.11  La Comisión Revisora designará a 2 dos de sus miembros para que rubriquen las propuestas de cada concursante; asimismo, los sobres cerrados serán firmados por los participantes que se encuentren presentes.

7.2.12  Se analizarán las propuestas por la Comisión Revisora y se rendirá un reporte al Ayuntamiento para determinar al ganador de la licitación, misma que se firmará por la Comisión Revisora, el licitante ganador y los participantes que deseen hacerlo.

7.2.13  Para conocimiento de todos los participantes el resultado de la Resolución de Adjudicación, se dará a conocer dentro de los 5 cinco días hábiles posteriores a la determinación que tome el Ayuntamiento sobre la adjudicación de la concesión.

7.2.14  Se levantará un acta circunstanciada de todo el proceso, misma que será firmada por la Comisión Revisora, y se entregará copia a los participantes que los soliciten formalmente a la Comisión Revisora. Para el caso de que algún participante no haya asistido se notificará personalmente y/o por estrados.

 

7.3     Descalificación de Participantes.

 

7.3.1     La Comisión Revisora descalificará a los participantes que incurran en alguna de las siguientes situaciones:

 

7.3.1.1       Si un mismo socio o administrador pertenece a 2 dos o más empresas participantes.

7.3.1.2       Si una persona física pertenece a una o más empresas participantes.

7.3.1.3       Si incumple en la entrega de algunos de los documentos solicitados en estas Bases de Licitación.

7.3.1.4       Si incumple con alguna característica o requisito señalado en las presentes Bases de Licitación.

7.3.1.5       Si la Comisión comprueba que el participante no demuestra tener capacidad de proporcionar los servicios ofertados.

7.3.1.6       Aquellos que presenten datos o documentos falsos.

7.3.1.7       Cuando así lo considere la Comisión Revisora y que sea sometida a votación y aprobada la descalificación.

7.3.1.8       Facultades de la Comisión Revisora.

 

7.3.2   La Comisión podrá en todo momento:

 

7.3.2.1       Cancelar, suspender o declarar desierto la licitación, si después de la evaluación no fuese posible adjudicar el contrato a ningún concursante, por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases de Licitación aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento del Municipio de Zapopan.

7.3.2.2       Dispensar defectos de las propuestas, cuya importancia en sí no sea relevante, siempre y cuando se aprecie un error mecanográfico o de forma y éste no afecte la concesión propuesta por los participantes.

7.3.2.3       Resolver cualquier situación no prevista en estas bases, con apego a lo dispuesto en los artículos 103 al 119 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco y demás aplicables.

 

7.4     Suspensión de la Licitación.

 

7.4.1         La Comisión Revisora podrá suspender la licitación, en los siguientes casos:

 

7.4.1.1 Cuando se presuma o se descubra que existen arreglos entre los participantes para presentar sus ofertas, respecto de los espacios de propiedad municipal objeto de esta licitación.

7.4.1.2 Por orden escrita por autoridad judicial, de la Contraloría Ciudadana o por el Presidente Municipal, derivado de denuncias o inconformidades fundadas y motivadas.

7.4.1.3 En caso fortuito, de fuerza mayor o por interés general o que dañe el Patrimonio del Municipio de Zapopan.

7.4.1.4 En caso de suspensión, se notificará por escrito a los participantes.

 

7.5     Diferimiento de la Licitación.

 

7.5.1     La Comisión Revisora podrá diferir la licitación por causas de fuerza mayor, o por casos fortuitos. En caso de diferimiento, se notificará por escrito a los participantes la nueva fecha de la licitación.

 

7.6   Cancelación de la Licitación.

 

7.6.1      La Comisión Revisora podrá cancelar la licitación en los siguientes casos:

 

7.6.1.1 En caso fortuito, de fuerza mayor o por razones de interés general.

7.6.1.2 En caso de ser cancelada la licitación, se notificará por escrito a todos los participantes, por parte de la Sindicatura Municipal.

 

7.7    Declaración de la Licitación como Desierta.

 

7.7.1               La Comisión Revisora podrá declarar desierta la licitación, en los siguientes casos:

 

7.7.1.1    Cuando los participantes no acrediten que las propuestas cumplen con los requisitos de calidad a favor de los usuarios.

7.7.1.2    Cuando ningún participante se registre, o no se reciba ninguna oferta en la licitación.

7.7.1.3    En caso de declararse desierta, se notificará por escrito a los participantes, sin ninguna responsabilidad para el municipio.

 

7.8           Criterios para la Evaluación de Propuestas.

 

La Comisión Revisora considerará:

 

7.8.1      Que las propuestas cumplan con las especificaciones y requerimientos establecidos en estas Bases de Licitación.

7.8.1.1       Serán determinantes para otorgar la concesión:

7.8.1.2       La mayor experiencia en la fabricación, instalación de equipamiento y mobiliario de sanitarios semifijos y portátiles y/o en remolques (móviles);

7.8.1.3       La más amplia experiencia en la operación y mantenimiento de sanitarios fijos, semifijos y portátiles y/o en remolques (móviles) de uso masivo;

7.8.1.4       Contar con taller para fabricación, instalación de equipamiento y mobiliario de sanitarios semifijos y planta de tratamiento propia para los residuos de los sanitarios;

7.8.1.5       La oferta de la contraprestación de sanitarios portátiles y/o en remolques (móviles) más completa, precisa y con mejor cobertura geográfica o de cantidad de sanitariios semifijos;

7.8.1.6       Certificaciones, reconocimientos y/o documentos que reconozcan la calidad en la prestación de dichos servicios;

7.8.1.7       La solvencia económica; y

7.8.1.8       Constancias de capacitación del personal

7.8.1.9       La Comisión Revisora se reservará el derecho de analizar las propuestas y determinar la propuesta que a su consideración sea la más conveniente, siempre y cuando la propuesta seleccionada cumpla con los valores establecidos en el punto anterior, proponiendo dicho análisis y razonamientos al Pleno, para la toma de la decisión sobre la concesión.

7.8.1.10   En ningún momento existirá aportación municipal económica ni debe causar, programación de un pasivo para el gobierno, dado que la concesión es un derecho otorgado por el municipio a un particular para usar, aprovechar, administrar, construir, operar, explotar, conservar y mantener bienes de dominio público y sólo se podrá otorgar los permisos para su operación previo y cumplimiento de los requisitos exigidos por las leyes que rigen la materia y los pagos de los derechos que establezca la Ley de Ingresos del Municipio de Zapopan, Jalisco vigente, por los ejercicios fiscales correspondientes.

 

7.9     De la Emisión del Fallo a Favor del Licitante Ganador.

 

7.9.1      Una vez que la Comisión Revisora rinda su dictamen y el mismo sea valorado, analizado y resuelto por el Ayuntamiento, respecto de la propuesta ganadora por mayoría calificada de votos de los integrantes del Pleno. Obtenida la autorización se notificará a la Secretaría del Ayuntamiento y a la Sindicatura Municipal, a efecto de que esta última informe, por escrito, al ganador para que, dentro de los 30 treinta días hábiles posteriores a la notificación, se presente a firmar el contrato de concesión, que deberá cumplir con lo dispuesto en la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco y demás aplicables.

7.9.2      Una vez que el Pleno del Ayuntamiento hubiere aprobado el fallo a partir del dictamen de la Comisión Revisora, se efectuará la disolución formal de la misma para todos los efectos legales, por haber cumplido con el objeto de su instalación.

 

7.10        Firma del Contrato. 

7.10.1      El participante ganador se obliga a firmar el contrato de concesión de conformidad a lo establecido por la Ley del Gobierno y Administración Pública del Estado de Jalisco y demás aplicables, mismo que será elaborado por la Sindicatura Municipal a través de la Dirección Jurídico Consultivo, dentro del plazo establecido en el punto anterior. En caso de que el participante ganador no firme el contrato de concesión dentro del plazo señalado, se cancelará la adjudicación otorgada a su favor y se podrá adjudicar el contrato respectivo al participante solvente que, a partir de la recomendación de la Comisión Revisora, el Ayuntamiento considere más conveniente de entre los participantes, tomando en cuenta el cuadro comparativo que dio origen a la resolución de adjudicación.

 

7.11        Cesión de Derechos y Obligaciones.

 

7.11.1      El participante ganador no podrá gravar o ceder a otras personas (físicas o jurídicas), ya sea todo o en partes, los derechos y obligaciones que se deriven del contrato, salvo los de cobro que se generen en los términos del propio contrato.

 

7.12        Fecha de Inicio de Operaciones.

 

7.12.1      La prestación del servicio de instalación de equipamiento urbano de sanitarios públicos y la operación de los mismos, en diversas áreas de afluencia en el Municipio de Zapopan, deberá prestarse de manera ininterrumpida, aun cuando sea necesario realizar reparaciones o adecuaciones a dichas instalaciones.

 

7.13        Inconformidades.

 

7.13.1  Cualquier inconformidad deberá presentarse ante la Contraloría Ciudadana del Municipio de Zapopan en la que se deberán acreditar fehacientemente los hechos por los que se imputa alguna violación en el proceso, de conformidad con la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Jalisco y su reglamento.

 

 

A T E N T A M E N T E

Zapopan, Tierra de Amistad, Trabajo y Respeto

Zapopan, Jalisco a 09 de enero del 2024

 

JUAN JOSÉ FRANGIE SAADE                                     GRACIELA DE OBALDIA ESCALANTE

PRESIDENTE MUNICIPAL                                            SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO

 

Acta de junta de aclaraciones - 23 de enero 2024

Convocatoria completa

Anexo A. Especificaciones del mobiliario y equipamiento semifijo a instalar

Anexo B. Contraprestación, condiciones y especificaciones.

Anexo C. Junta aclaratoria

Anexo D. Criterios de imagen y ubicación

Anexo E. Listado de sanitarios y descripción de su disposición, en Unidades Deportivas y Mercados Municipales, que se deberán rehabilitar y operar mediante la concesión con costo del servicio al usuario.