convocatoria publica donacion de 7 equinos

CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA RECEPCION EN DONACIÓN DE 7 EQUINOS

 

La convocatoria tiene por objeto generar alternativas tendientes a mejorar la calidad de vida de los equinos, toda vez que algunos ya no son aptos para los servicios públicos que presta el Municipio por diversas enfermedades o constituciones físicas, a través de la recepción en Donación por personas físicas o morales.

 

Dirigida a:

 

  1. A las Asociaciones Civiles legalmente constituidas, cuyo objeto social sea proteger, cuidar, otorgar refugio o dar en adopción a los animales, para que sean las responsables de ejecutar las acciones de promoción de la adopción y selección de personas físicas o morales idóneas para recibir en donación a los animales con el objeto de brindar hogar y trato digno a los mismos, así como de inspeccionar posterior a la donación, que reciban adecuadas atenciones y cuidados.

 

  1. A las personas físicas o morales, interesadas en proporcionar un hogar idóneo para los ejemplares de acuerdo al temperamento y particularidades de cada ejemplar. La Donación está condicionada a que no se ejecuten actos de comercio o sacrificio con los ejemplares, así como ser destinados a realizar trabajos superiores a los de su naturaleza o que afecten su salud.

 

 

Objetivo:

La Donación de 7 equinos con diferentes condiciones de salud, edad o talla no suficiente para ser capaces de prestar el Servicio policial.

 

Interesados comunicarse al Teléfono 38182200, extensión 3738 y 4707, para solicitar información adicional sobre cada uno de los ejemplares.

 

Información General:

  • 7 caballos del Escuadrón Montado con diversas patologías o con edad media pero talla no suficiente para ser aptos para el servicio.

 

  • Forma legal: Donación.

 

Información a proporcionar a los participantes: Detalles sobre cada uno de los 7 ejemplares, los cuales se darán por vía telefónica, con la opción de poder hacer una visita a las instalaciones del Escuadrón Montado de la mano de la Asociación Civil que haya sido seleccionada.

 

Mecanismo: Después de que la Asociación Civil manifiesta a la Sindicatura haber encontrado receptor idóneo para los ejemplares, se procederá a la suscripción del contrato. Ya que en el contrato de donación inicial, entre el Ayuntamiento y las Asociaciones Civiles, se debe de establecer una cláusula mediante la que se obligue a éstas a ceder los derechos de los ejemplares a los receptores también mediante contrato en donación.

 

Posteriormente, en el término no mayor a 8 días de que se celebre el contrato entre el Ayuntamiento y las Asociaciones Civiles, se deberá entregar a la Secretaría del Ayuntamiento el contrato celebrado entre estas últimas y “el Receptor” (persona física o moral).

 

Condicionantes de la Donación:

 

  • Que no se ejecuten actos de comercio o sacrificio con los ejemplares,
  • A no ser destinados a realizar trabajos superiores a los de su naturaleza,
  • Evitar trabajos que afecten su salud.

 

Es decir, se debe hacer el contrato con una Asociación Civil para que ella derive a varios receptores de los animales.

 

Cláusula: Se condiciona el dominio del receptor sobre el ejemplar al pleno cumplimiento de las obligaciones pactadas, lo anterior para asegurar el trato digno a los ejemplares, toda vez que dicho dispositivo permitirá a las asociaciones rescindir el contrato de donación en caso de incumplimiento al mismo, así como recuperar la posesión del ejemplar o ejemplares para someterlo nuevamente a proceso de adopción.