79. ¿Contiene criterios para realizar incrementos salariales?
De conformidad a lo establecido en la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios, el sueldo de los servidores públicos debe estar previsto en el presupuesto de egresos respectivo, motivo por el cual las modificaciones a los presupuestos que resuelvan aumentos deben estar fundadas y motivadas, obedeciendo a los principios de austeridad, disciplina presupuestal, racionalidad, proporcionalidad, equidad, certeza y motivación. Los criterios de incrementos salariales en el año 2017 se basaron en los acuerdos sindicales que finalizaron en los siguientes términos:
“Sirva el presente para hacer del conocimiento general que en apoyo a la economía familiar de los servidores públicos de Base y Confianza que perciben un sueldo mensual de hasta $16,500.00 (dieciséis mil quinientos pesos 00/100 M.N.) la Administración Municipal otorgará un incremento salarial de $700.00 mensuales (setecientos pesos 00/100 m.n.) de manera retroactiva al 1° de enero del año en curso.”
Fundamentación: Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios.
Fuente: Dirección de Recursos Humanos.