Consejo Ciudadano de Control del Municipio de Zapopan
Actualizado Septiembre 2024
En seguimiento al DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIONES DE AYUNTAMIENTO Expediente 289/23, que resuelve reformas, adiciones y derogaciones al Reglamento del Sistema Municipal Anticorrupción del Municipio de Zapopan, Jalisco, al Reglamento de la Administración Pública Municipal de Zapopan, Jalisco, así como la abrogación del Reglamento Interno del Consejo Ciudadano de Control del Municipio de Zapopan, Jalisco, votado en la sesión Ordinaria del Ayto. fecha 12 de agosto de 2024 y la posterior emisión de la Gaceta Municipal Vol. XXXI No. 204 Segunda Época. Aprueban Reformas, Adiciones y Derogaciones en los Artículos 3, 9, 15, 17, 18, 19, 20, 21, 24, 26, del Reglamento del Sistema Municipal Anticorrupción del Municipio de Zapopan, Jalisco. de 21 de agosto de 2024. En la exposición de motivos se da cuenta: “En la actualidad, con base en lo establecido por el Reglamento del Sistema Municipal Anticorrupción y lo previsto por el Reglamento de la Administración Pública Municipal de Zapopan, se tienen dos instancias ciudadanas cuyo objetivo esencial es, en ambos casos, coadyuvar con la administración, mediante el ejercicio de diversas atribuciones, en el combate a la corrupción: El Comité de Participación Social del Sistema Municipal Anticorrupción y el Consejo Ciudadano de Control.” Como puede observarse del análisis y comparación de las funciones entre el Consejo Ciudadano de Control y el Comité de Participación Social del Sistema Municipal Anticorrupción, se infiere que el Comité de Participación Social logra suplir de manera satisfactoria cada una de las funciones encomendadas al Consejo Ciudadano de Control. Respecto a la función de seguimiento y monitoreo de indicadores de desempeño, dicha atribución se retoma en el objeto del Comité Coordinador del Sistema Municipal Anticorrupción, el cual tiene a su cargo el diseño y evaluación de políticas en materia de combate a la corrupción en vinculación con el Comité de Participación Social del Sistema Municipal Anticorrupción. En conclusión, el Sistema Municipal Anticorrupción, conformado por el Comité Coordinador y el Comité de Participación Social, cuenta con un alcance y contenido jurídico que, al actuar en sinergia, logran conjugar de manera amplia el objeto que enmarca el Consejo Ciudadano de Control, dando cabida a la participación de la sociedad civil a través de la composición del Comité de Participación Social, con base en lo expuesto, la presente iniciativa propone extinguir el Consejo Ciudadano de Control, abrogando su Reglamento Interno y eliminando dicha figura en el Reglamento de la Administración Pública Municipal. Ello con el objetivo de atender a las disposiciones jurídicas que derivan de la reforma constitucional y legal en materia de Sistema Municipal Anticorrupción, con el objetivo de evitar la duplicidad de funciones, así como la dispersión de esfuerzos en lo que al combate a la corrupción se refiere. De igual manera, con ello se busca propiciar una mayor participación de las Universidades, cámaras, organizacion.es de la sociedad civil y ciudadanía en general, dado que la multiplicidad de organismos, consejos y órganos similares a los que los anteriores son convocados, dificulta la adecuada integración de las instancias ciudadanas y disminuye su posibilidad real de coadyuvar con la autoridad. |
Se hace de su conocimiento que en la sesión ordinaria celebrada el 12 de agosto de 2024 dos mil veinticuatro, se aprobó en lo general y en lo particular, abrogar el Reglamento Interno del Consejo Ciudadano de Control del Municipio de Zapopan, Jalisco, publicado en Gaceta Municipal Vol. XXIII, No. 4 con fecha 28 veintiocho de enero de 2026 dos mil dieciséis. |
Dictamen Expediente 289/23. Dictamen por el que se aprueban diversas reformas, adiciones y derogaciones al Reglamento del Sistema Municipal Anticorrupción del Municipio de Zapopan, Jalisco, al Reglamento de la Administración Pública Municipal de Zapopan, Jalisco, así como la abrogación del Reglamento Interno del Consejo Ciudadano de Control del Municipio de Zapopan, Jalisco. |
INTEGRANTES | |
Aldo Daniel Molina Jiménez | Sociedad Civil Consejero |
María Guadalupe Cid Escobedo | Universidad de Guadalajara (UDG) Consejero |
Pedro Name Sierra | Sociedad Civil Consejero |
José Luis Villa López | Universidad Panamericana Consejero |
José Elías García Parra | Universidad del Valle de Atemajac (UNIVA) Consejero |
Omar Alejandro Peña Ugalde | Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Guadalajara Consejero |
César Castro Rodríguez | Consejo de Cámaras Industriales Consejero |
Miguel Navarro Castellanos | Universidad Autónoma de Guadalajara (UAG) Consejero |
Héctor Alberto Romero Fierro | Presidente del Consejo Consejero |
Alexis Octavio Gómez Alfaro | Sociedad Civil Consejero |
Diego Dueñas Abascal | Sociedad Civil Consejero |
Franz Duran González | Sociedad Civil Consejero |
Jorge Guillermo Gómez Ortega | Sociedad Civil Consejero |
Martha Angelica Hernández Ramos | Sociedad Civil Consejero |
Raúl Bustamante Ascencio | Sociedad Civil Consejero |
Raúl Gutiérrez Muñiz | Sociedad Civil Consejero |
Edmundo Amutio Villa | Consejero nombrado por el Presidente Municipal Coordinación General de Administración e Innovación Gubernamental |
David Rodríguez Pérez | Secretario Técnico Contralor Ciudadano |
ATRIBUCIONES |
I. Impulsar la participación ciudadana, de las organizaciones del sector empresarial, de representaciones patronales, de las organizaciones y asociaciones civiles, con el objeto de conjuntar esfuerzos y coadyuvar en el control y vigilancia, de las acciones que lleven a cabo los servidores públicos municipales; II. Emitir opiniones, formular propuestas de políticas públicas en materia vigilancia y rendición de cuentas que lleva a cabo la Administración Pública Municipal; III. Promover la cultura de la queja y la denuncia por la actividad irregular de los servidores públicos y colaborar con la Administración Pública Municipal en el seguimiento de denuncias administrativas que realicen los particulares y servidores públicos ante el Consejo, siendo una obligación del Consejo y de sus integrantes, ser garante de la confidencialidad y secrecía que se deberá seguir respecto de la identidad y los datos personales de los denunciantes de actos de corrupción; IV. Diseñar y monitorear el sistema de indicadores del desempeño; V. Formular recomendaciones, dar seguimiento a la autoridad municipal en materia control, evaluación y vigilancia del gobierno municipal; ante la falta de atención a los programas de gobierno y recomendar la realización de auditorías cuando existan causas fundadas y motivadas que lo ameriten; VI- Solicitar a las dependencias de la Administración Pública Municipal, a través de la Contraloría Ciudadana, la información que considere pertinente sobre los programas, acciones o hechos que estas realizan; VII- Formar parte de los comités que la normatividad establezca; VIII- Proponer metodologías y políticas públicas de control relativo al ejercicio del servicio público, a través de un código de ética municipal o de conducta para los servidores públicos municipales, con la finalidad de prevenir y erradicar el abuso de autoridad, así como evitar conflictos de interés entre servidores públicos respecto del ejercicio de sus funciones y fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas; IX- Participar como observador en todos los procesos de contratación de bienes y servicios de la Administración Pública Municipal como lo son: La comisión de Asignación de Contratos de Obra Pública, el Comité de Adquisiciones del Municipio de Zapopan e incluyendo los Comités de Adquisiciones de los Organismos Públicos Descentralizados del Municipio; X- Participar como observador en los procesos y programas de participación ciudadana; XI- Llevar a cabo acciones de coordinación con la Contraloría Ciudadana, a fin de que éste pueda cumplir cabalmente con los objetivos y las facultades que le competan; XII- Guardar absoluta confidencialidad sobre los asuntos e información que pudiera afectar la operación del Municipio y las dependencias auxiliares en perjuicio de los ciudadanos; y XIII- Las demás que le sean conferidas por otras disposiciones legales aplicables. |
NORMATIVIDAD |
Reglamento Interno del Consejo Ciudadano de Control del Municipio de Zapopan, Jalisco |
FECHA DE CREACIÓN: 09 de mayo de 2016 |
Acta instalación Consejo Ciudadano de Control Municipal |
2024 |
Integración y Reglamentación |
Acta Instalación del 22 de febrero de 2022 |
Convocatorias, Registros de Votación, Actas y Estadística de Asistencia 2024 |
2023 |
Se informa que el Consejo sesionará por lo menos cada dos meses conforme al artículo 20 del Reglamento Interno del Consejo Ciudadano de Control del Municipio de Zapopan, Jalisco |
Integración y Reglamentación Acta Instalación del 22 de febrero de 2022 |
Convocatorias, Registros de Votación, Actas y Estadística de Asistencia 2023
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2022 |
Se informa que el Consejo sesionará por lo menos cada dos meses conforme al artículo 20 del Reglamento Interno del Consejo Ciudadano de Control del Municipio de Zapopan, Jalisco |
Integración y Reglamentación Acta Instalación del 22 de febrero de 2022 |
Convocatorias, Registros de Votación, Actas y Estadística de Asistencia 2022 |
2021 |
Se informa que el Consejo sesionará por lo menos cada dos meses conforme al artículo 20 del Reglamento Interno del Consejo Ciudadano de Control del Municipio de Zapopan, Jalisco |
Segunda Convocatoria Consejo Ciudadano de Control Municipal 2021 Convocatoria Consejo Ciudadano de Control Municipal 2021 |
Integración y Reglamentación |
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2020 |
Se informa que el Consejo sesionará por lo menos cada dos meses conforme al artículo 20 del Reglamento Interno del Consejo Ciudadano de Control del Municipio de Zapopan, Jalisco |
Integración y Reglamentación |
Actas, Registro de Votación y Estadísticas de Asistencia 2020 |
2019 |
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Se informa que el Consejo sesionará por lo menos cada dos meses conforme al artículo 20 del Reglamento Interno del Consejo Ciudadano de Control del Municipio de Zapopan, Jalisco | |||||
Integración y Reglamentación | |||||
Convocatorias, Actas, Registro de Votación y Estadísticas de Asistencia 2019 | |||||
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2017-2018 |
Se informa que el Consejo sesionará por lo menos cada dos meses conforme al artículo 20 del Reglamento Interno del Consejo Ciudadano de Control del Municipio de Zapopan, Jalisco. |
Convocatorias, Actas, Registro de Votación y Estadísticas de Asistencia 2018 |
2016-2017 |
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Se informa que el Consejo sesionará por lo menos cada dos meses conforme al artículo 20 del Reglamento Interno del Consejo Ciudadano de Control del Municipio de Zapopan, Jalisco |
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Integración del Consejo Ciudadano de Control Municipal 2016-2017 | ||||
Convocatorias, Actas, Registro de Votación y Estadísticas de Asistencia (2017)
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